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Después de 6 años, Tierno va a juicio



Pasaron seis años de idas y vueltas, de excusaciones y de recusaciones, de recursos judiciales interpuestos, pero llegó el día en que Juan Carlos Tierno va a sentarse en el banquillo de los acusados. Será los días 1, 2 y 3 de diciembre. Será acusado de “abuso de autoridad” de cuando fue intendente de Santa Rosa. No es un delito con pena de cárcel pero, de hallárselo culpable, podría inhabilitárselo para cubrir cargos públicos. 

Juan Carlos Tierno
Juan Carlos Tierno

Tierno tiene cuatro abogados defensores: Pablo De Biasi, Sebastián Bernardi, José Mario Aguerrido y Marcos Amaya.  Y quien llevará adelante la acusación es el cuestionado fiscal Jorge Amado.

El tribunal que deberá dictar sentencia estará conformado por los camaristas Elvira Rosetti, Miguel Ángel Gavazza y Migue Ángel Vagge, quienes se habían inhibidos.

Sin embargo, el tribunal ad hoc integrado por los abogados piquenses Pablo Durigón y Sergio Escudero rechazaron la excusación y no tendrán otra opción más que enfrentarse a su responsabilidad de juzgar a Tierno.

Además de Juan Carlos Tierno, serán juzgado los ex secretarios Juan Pablo Fasce, Oscar Vignatti, Elba Blanca Soto y Viviana Noemí Rodríguez. Pasarán doce testigos frente al tribunal.

El expediente tiene una larga historia de impugnaciones que llegó incluso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.  Se excusaron los jueces de audiencia y los jueces Mauricio Piombi, Daniel Sáez Zamora, Andrés Olié y Fernando Rivarola.

Ante la falta de jueces, la ley permite que abogados de la matrícula puedan subrogar esa función. Pero también se excusaron los cinco abogados de la matrícula de Santa Rosa y otros tres de Pico. Finalmente, aceptaron los abogados píquense Durigón y Escuredo.

La causa no prescribió o fue dictada su nulidad porque una de las imputadas es la actual concejala santarroseña Viviana Rodríguez y la ley indica que el hecho de tener un cargo público impide la prescripción.

La acusación que pesa sobre Tierno es “abuso de autoridad”, que se aplica al funcionario público que “dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales, o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”,

La pena es excarcelable, va de un mes a dos años de prisión, pero implica la inhabilitación especial para ocupar cargos públicos por el doble de tiempo.

La denuncia fue radicada hace seis años por los concejales del Frepam por haber aprobado el presupuesto y la tarifaria sin pasar por el Concejo Deliberante. Los demás acusados fueron quienes acompañaron con su firma la decisión del ex intendente.