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Prisión Preventiva por agredir a golpes a otra persona

Merituando los argumentos de las partes, el Juez Horacio Tolosa hizo lugar al pedido del Fiscal y resolvió dictar Prisión Preventiva por el término de seis días a un ciudadano de General Pico que en la tarde del día 3 de marzo pasado, propinó un golpe de puño a otra persona causándole una doble fractura de tabique nasal y la amenazó diciéndole, que iba a matarlo.

La Defensa – a cargo de la Dra. Emilce Ozzán – consideró que el Fiscal basada su pedido en presunciones y que en el caso, no se cumplían ninguno de los dos supuestos requeridos en el Art.251 del C.P.P.: que el imputado no se someterá al procedimiento (peligro de fuga) u obstaculizará la acción de la justicia en el desarrollo del proceso (peligro de obstaculización).

Sin embargo, el alegato del Fiscal Alejandro Gilardenghi, citando los motivos por los cuales consideró que la medida cautelar de Prisión Preventiva solicitada era necesaria y proporcionada para alcanzar el éxito de la investigación, generó en el Juez la convicción suficiente para la aplicación de esta norma.

En esta audiencia, el Ministerio Público Fiscal dejó formalizada la Investigación Preparatoria con la calificación provisoria de los delitos de Lesiones Graves y Amenazas Simples (Art.90 y 149 bis – primer párrafo, primer supuesto –) en Concurso Real (Art.55 del C.P.) atribuidos al imputado.