Se intenta subsanar una situación de clara inequidad con respecto a un sector vulnerable de la población”, dijo el diputado Mariano Fernández. “Con esta ley se amplía la cobertura del beneficio de pensión a los menores de 21 años que no estaban contemplados en la ley sobre pensiones a la vejez e incapacidad, ya que hace referencia a quienes sufren una disminución de la capacidad laborativa, interpretándose que los menores no gozan de esa capacidad, quedando así excluidos de la tramitación de este beneficio”, señaló.

El legislador provincial, fundamentó en la sesión de hoy, la ley, que fue aprobada por unanimidad, que modifica, agregándole un artículo a la ley 2226 – régimen especial de protección integral para personas con discapacidad de la provincia de La Pampa. “Se intenta subsanar una situación de clara inequidad con respecto a un sector vulnerable de la población”, dijo.
A partir de ahora, la ley en cuestión queda redactada así: “La autoridad de aplicación promoverá el otorgamiento de los beneficios de la presente ley a las personas con discapacidad, desde su nacimiento, que se encuentren en las siguientes condiciones:
1- Presenten certificado único de discapacidad vigente, emitido por la Junta Evaluadora de Personas con Discapacidad; 2- No se encontraren amparados por régimen de previsión o retiro alguno, a cuyo efecto, sin perjuicio de la declaración jurada del peticionante o su apoderado o representante legal, la autoridad de aplicación podrá requerir los informes que estime pertinentes” y sobre la residencia de los padres:
Los padres de la persona discapacitada deben ser argentinos o naturalizados, con residencia efectiva en nuestra provincia por más de 5 años, o extranjero con más de 10 años de residencia contínua en el país y que cumpla con el mínimo de residencia descripto”. La diputada Sandra Fonseca, si bien acompañó con su voto, reclamó una próxima revisión integral de la ley de protección integral para personas con discapacidad.