El Dr. Mario Bongianino estuvo en el Palacio de Tribunales local para entrevistarse con los Fiscales en la mañana y según se supo lo haría en la tarde con otros actores de la justicia local. Al final de una reunión que duro mas de cuatro horas, dialogo con la prensa local y brindo algunos detalles. En relación a las cuestiones mas preocupantes dijo que no las tocaron. Citó enterarse por los diarios de lo que sucede en nuestra ciudad.

La espera periodística se baso en preguntarle al Procurador General respecto del funcionamiento de las Fiscalías con el nuevo código y porqué desde las Fiscalías se a impartido la orden a los Jefes de Comisaría de no dar ningún tipo de detalles a los medios y consecuentemente a la sociedad de las causas que se concretan en cada una de ellas pero dijo desconocer el tema y tampoco de las particularidades de cada ciudad. Sobre las manifestaciones de vecinos piquenses frente a tribunales reclamando más eficiencia de la justicia dijo que el tema no lo tocaron.
En relación a lo que sucedió en esa reunión y ante requerimientos de periodistas presentes dijo que “…Fue una reunión formal con el Ministerio Publico Fiscal, se hacen habitualmente, es otra reunión más. Siempre gira en torno al manejo del nuevo código, con la problemática que se va dando, desde necesidades materiales hasta otro tipo de necesidades. La procuración en algunos casos puede dar respuesta y en otros no porque no depende de la Procuración, igualmente se trató de hablar de todos los temas…”
Necesidades del sistema
“…Tenemos un sistema residual que implica recursos y también el sistema nuevo, mientras coexistan los dos sistemas los recursos van a ser insuficientes, sea por personal, por espacios físicos o por computadoras por ejemplo…”
Información que da la Policía
“…No lo tratamos puntualmente, de todas maneras esto siempre fue igual, las causas penales son causas reservadas a la espera de la etapa pública que es el juicio, entonces la información siempre va a estar restringida por esa reserva, esto lo dice la ley anterior y la ley nueva…”
“…Esto es reservado para las partes, excepto el funcionario público que debe atenerse a la ley, pueden disponer la comunicación. Una víctima si juzga hacer conocer a la opinión pública lo que le ha sucedido esta en su derecho. Si la prensa obtiene la información por otras fuentes pueden darla, lo que no pueden es pedirle a un funcionario público que infrinja la ley. El fiscal da la información que puede dar, y que no va en contra de la reserva de las causas penales, si hay cosas que el fiscal no puede adelantar hasta que vaya al lugar natural donde tiene que darla que es ante un Juez. No puede decirle a un periodista antes que a un Juez lo que tiene que ver con el caso…”
La información que dan los Fiscales
“…No se trató puntualmente. Los fiscales en algunos casos hablan, pero no dan la información que requiere la prensa, dan la información que pueden dar. Yo la verdad que veo que en General Pico sale mucha información, mas que en otras jurisdicciones. En Santa Rosa me parece que hay mucho menos información de parte de los Fiscales que la que hay en Pico, al menos yo leo los diarios locales y tienen mucho más información que la necesaria. Para mi gusto sale demasiada información del Ministerio Público. Yo he sido Fiscal también y la que verdad que yo informaba muy poco o nada a la prensa, entre otras cosas en general el conocimiento público de una noticia criminal a veces atenta contra la propia investigación, la puede hacer fracasar como en algunos otros casos puede ayudar, pero en los mas lo mas probable es que atente contra la propia investigación criminal…”
Relación Policía Fiscales
“…Es un problema de antigua data, siempre la policía se a manejado con este tema del esclarecimiento policial que no es esclarecimiento. En realidad esto es un tema de derecho y un tema constitucional. Nadie puede ser juzgado sin los requisitos que establece la constitución; nadie puede decir que alguien es culpable hasta tanto haya un juicio oral y público que determine tal cuestión. Eso del esclarecimiento policial no existe, tenemos que ver las cosas tal cual son. Que la Policía tenga sospechas, que tenga evidencias en contra de una persona es razonable, ahora no hay un esclarecimiento hasta que un juez no diga esto, ni los fiscales ni los policías pueden decir que un caso esta esclarecido hasta que un juez lo diga…”
“…La Policía tiene que dedicarse a la prevención, a la investigación criminal y los fiscales deben dedicarse a la tarea de litigación en juicio, de llevar el caso ante los jueces y obtener el resultado que estiman que tienen que tener. Para eso necesitan de la colaboración de la policía que va a arrimar la prueba de cargo, porque los fiscales son operadores de derecho, no son investigadores criminales…”
El funcionamiento del código procesal nuevo
“…En líneas generales veo buen funcionamiento. En el sistema anterior no se obtenían los resultados que se obtienen en este sistema, en cuanto a la rapidez, celeridad y la cantidad de sentencias que ya tiene este sistema en Pico, Santa Rosa y General Acha, en todos lados tenemos muchas mas sentencias de las que obteníamos en el sistema anterior. Por supuesto hay cosas que afinar y mejorar siempre, es una tarea permanente y más en esta etapa de implementación del sistema. Esto a algunos les cuesta y produce algunos roces, no llegan a conflicto, sino simplemente roces y tiene que ver juntamente con la función de un roll determinado para cada uno de los operadores…”
Sobre la manifestación de ciudadanos frente a Tribunales
“…Ese tema no lo hemos tocado, a todo ciudadano creo nos tiene que preocupar la seguridad, mas a nosotros que tenemos algo que ver con la seguridad, pero los delitos se cometen y nosotros operamos una vez cometido el delito, los fiscales, los jueces, todo el sistema judicial opera una vez cometido, lo ideal sería que no se cometa para que nosotros tengamos menos que ver. Es cierto que después tenemos alguna incidencia, en líneas generales, en la cuestión de seguridad en tanto y en cuanto que si nosotros actuamos eficientemente y con celeridad a veces podemos evitar la reiteración delictual. Pero teniendo en cuenta que las primeras condenas no son de efectivo cumplimiento, porque en este caso por más que los llevemos rápidamente a juicio no vamos a obtener un resultado de prisión de efectivo cumplimiento ni en la primera ni en la segunda causa que encontremos la prueba necesaria para obtener una condena…” finalizó diciendo el Procurador General.