Es un derecho que tienen las mujeres que estén embarazadas producto de una violación. Ayer, el gobernador anunció que La Pampa se acoge al fallo de la Corte Suprema de la Nación y presentó un protocolo de actuación.
La mujer que decida no continuar con su embarazo producto de una violación antes de los tres meses de gestación deberá completar una planilla de declaración jurada en el hospital, que quedará en la historia clínica de la paciente. No es necesaria la denuncia ante la Policía o Fiscalías.
El aborto se realizará en los hospitales públicos de nivel 4 o superior. Los médicos podrán hacer uso de la objeción de conciencia y negarse a realizarlo, pero Salud Pública debe garantizar que otro profesional realice la práctica.
Èsta deber realizarse en «un ambiente cómodo y seguro», que «evite reiteraciones innecesarias de la vivencia traumática». Se garantiza, además, el acompañamiento médico, psicológico y legal por lo que se conformará en cada hospital un equipo interdisciplinario para atender a la víctima.
Los restos fetales se guardarán durante 90 días por si la paciente decide realizar la denuncia en la Justicia, ya que serviría como prueba.
En todos los será «imprescindible» el consentimiento informado a la paciente. «Debe quedar asentado en la historia clínica el tipo de información brindada a la mujer o adolescente, y la constancia de que pudo comprender dicha información», se indica en el protocolo. En los casos de menores de edad o incapaces, se requerirá el consentimiento informado a su representante.
En la planilla se consignará nombre y dirección de la mujer. Y entre otros puntos firmará tras leer los siguientes puntos:
1 – He sido debidamente informada, en un lenguaje claro y sencillo, sobre la naturaleza e implicancias que sobre la salud tiene la intervención que solicito, las características del procedimiento, sus riesgos y consecuencias;
2 – He entendido la información que se me ha dado;
3 – He podido realizar las preguntas que me parecieron oportunas y me han sido respondidas satisfactoriamente.
4 – Se me impone además la información legal y técnica en relación a la práctica que he solicitado, declarando conocerla de conformidad y comprender el alcance de la misma;
5 – Conozco que conforme lo explicado, puedo revocar este consentimiento en cualquier momento antes de la intervención;
6 – Manifiesto que al día de la fecha no he realizado denuncia penal alguna, por lo cual adjunto a la presente declaración jurada, y se me informa que se obtendrán y conservarán las pruebas vinculadas con el delito por el plazo de 90 días corridos a partir de la intervención médica.
Cabe recordar que hace cuatro años la legislatura provincial había aprobado una ley que establecía el protocolo para el aborto no punible sin necesidad de pasar por la Justicia. Sin embargo, en uno de sus primeros actos de gobierno, Oscar Mario Jorge lo vetó. Ayer, bajo presión de la Corte Suprema de Justicia, lo presentó públicamente.