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Concejal Adriana Campi: “Hay una grosera falta de conocimiento de la normativa de tránsito”

Esto lo expresó la concejal por el Frepam Dra. Adriana Campi al presentar una iniciativa en el órgano deliberativo local cuya finalidad tiene que ver con garantizar el cumplimiento de algunos aspectos de la normativa nacional en materia de tránsito, a la cual la Provincia de La Pampa ha adherido, debido a que en nuestra ciudad estos parecen no respetarse.

Campi señaló que hubo vecinos que se acercaron para manifestarle que, habiendo demostrado la tenencia del comprobante del seguro obligatorio pero no pudiendo acreditar conjuntamente el recibo de pago de la prima, les fueron labradas infracciones por los inspectores de tránsito en el marco de los asiduos controles que se realizan.

Esto constituye una grosera falta de conocimiento de la normativa de tránsito ya que en ninguna parte del texto de la Ley de Tránsito N° 24.449, sus disposiciones reglamentarias y complementarias, se establece que para circular resulta indispensable la tenencia del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio automotor”.

La Dra. explicó que tanto el inciso c del artículo 40 como el artículo 68 de la Ley de Tránsito determinan que para circular solo será necesario el comprobante del seguro obligatorio en vigencia, y en ningún aspecto se hace referencia al recibo de pago.

Incluso, continuó la concejal, el inciso g del artículo 4 de la Resolución N° 34.225/2009 de la Superintendencia de Seguros de la Nación destaca claramente que la demostración del comprobante del seguro es prueba suficiente en el marco de los controles de tránsito, y que no se podrá aducir la falta de acreditación del recibo de pago como causal de infracción.

En tal sentido, Campi concluyó que «con la iniciativa que presentamos se busca que los inspectores se abstengan de labrar infracciones cuando el motivo sea la falta de acreditación del pago del seguro».