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La fiscalía presento la acusación por la muerte de los jóvenes Quispe y Viera

En el día de ayer la Fiscal Ana Laura Ruffini, en representación de la Oficina Única del Ministerio Público Fiscal de esta ciudad, presentó ante el Juez de Control la acusación contra José Luis Castillo, imputado como autor de “Homicidio Culposo Agravado por resultar más de una las víctimas fatales, y por ser cometido en ocasión de la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor”.

El hecho tuvo lugar el día 06 de marzo del corriente, aproximadamente a las 02:45 horas, en ocasión en que José Luis Castillo conducía el móvil policial Nº 2616 -Renault Logan 1.6 dominio JMI-500 – y acompañado por el Cabo Primero Juan Pablo Díaz Echeverría, en cumplimiento de tareas propias de su función, se desplazaba en dirección suroeste a noreste por Ruta Provincial Nº 1 por el carril de circulación central de la calzada a una velocidad no inferior a 101,92 Km/h cuando al arribar a la intersección con calle 24 colisionó con la motocicleta – Marca Corven modelo Triax 150 CC sin dominio – conducida por el ciudadano Alexander David Viera acompañado por Mauro Quispe, quienes circulaban por calle 24 en dirección sureste – noroeste por el carril de circulación permitido de la calle referida, a una velocidad no inferior a 23,23 km/h, ocasionando como resultado final la muerte de los ciudadanos VIERA y QUISPE.

Quince días después, el 21 de marzo, fue formalizada la investigación y al día siguiente el imputado fue citado a la Fiscalía a fin de que prestara declaración, pero haciendo uso del derecho constitucional que le asiste se negó a declarar, haciéndolo de manera espontánea el 20 de mayo, con la asistencia legal del Dr. Armando Agüero.

La acusación presentada está acompañada por el legajo de investigación y toda la prueba documental reunida y ofrecida como evidencia por la Fiscalía. Ahora, el Juez de Control deberá ordenar la notificación al imputado y al querellante particular, Dr. Pablo Rodriguez Salto, colocando el legajo a disposición de las partes para su consulta por el término de seis días común para todos. Una vez realizado este trámite, y de no existir oposiciones, objeciones, pedidos de sobreseimiento u otras pretensiones, el Juez de Control remitirá al Presidente de la Audiencia de Juicio la resolución por la cual decide admitir la acusación y abrir el juicio. Esta presentación, según lo establece el Código Procesal Penal, “constituirá un juicio de probabilidad acerca de la responsabilidad del acusado como autor de un hecho punible o partícipe de él”. Una vez recibidas todas las piezas procesales, se notificará a las partes y luego se las citará para que en el término común de cinco días comparezcan a juicio, examinen actuaciones, documentos y elementos secuestrados e interpongan las recusaciones que estimen pertinentes. Realizado este ofrecimiento de prueba, el juez fijará, con intervalo no menor de diez días, la fecha para el juicio oral y público, cuya realización pretende el Ministerio Fiscal.