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Asignaciones Familiares: Podrán acceder aquellos que cobran hasta $9.200

La sustitución de diversos artículos puntuales del Régimen de Asignaciones Familiares, instituido por la Ley 24.714 y sus modificatorias, dispone, según reza el proyecto de ley de los Senadores Carlos Verna- María de los Ángeles Higonet, que lleva el número S-2474/11 por el cual todos los empleados nacionales, jubilados y pensionados con sueldos inferiores a los $ 9.200 podrán cobrarlas.

Este incremento en los topes define los rangos para el cobro de asignaciones familiares, a diferencia de los ya instituidos que prevén montos máximos de $ 5.200, para el cobro de casi la totalidad de las asignaciones. Los senadores integrantes el bloque Partido Justicialista La Pampa, presentaron las jubilaciones históricas , técnicas, económicas y financieras, fundando adecuadamente el principio de la obtención de financiamientos a través del cual este marco puede incrementarse sustancialmente , sin que esto represente elevar el costo laboral , dándole sustento legal al proyecto presentado.

El proyecto contempla las exclusiones y señala los rangos correspondientes al establecimiento de las escalas , asociadas a una determinada porcentualidad teniendo en cuenta la cantidad de salarios mínimos vitales y móviles, situación que señala un ajuste automático de los mismos, toda vez que se actualice el indicador señalado como SMV y M.( salario mínimo vital y móvil).

En la actualidad el Poder Ejecutivo, determina que los topes varían de acuerdo a las facultades otorgadas por una ley que concluye el 31 de diciembre de 2011. Este factor hace que se requiera de un instrumento legal que llene el vacío que se producirá en dicha oportunidad y los senadores pampeanos han elaborado este proyecto que ha contemplado a la totalidad de las escalas y asignaciones de diversa naturaleza con los respaldos de financiamiento, situación que impedirán argumentaciones de posibles quebrantos económicos o dificultades financieras para poder aplicarla.

Este proyecto, por otra parte, demuestra con una base firme y sustentada en sólidos argumentos, que desde el punto de vista que diera origen al nacimiento de la ley 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares), que regula en la materia , es que el incremento-hoy planteado- es razonable y sustentable de acuerdo a las características técnicas del nacimiento de esta ley.

Como ejemplos prácticos de un dispositivo legal que adolece de dificultades para establece parámetros de equilibrio, basta señalar que: en el primer tope máximo estaba establecido en $ 1.500 y el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMV y M) en $200, hoy esta en $ 5.200 y el SMV M en $ 2.300, como puede observarse nació como 7.5 salarios mínimos vitales y móviles y hoy levemente supera en 2.3 veces , en razón de ello es que el Bloque Partido Justicialista La Pampa, estima razonable establecer el tope en 4 (cuatro) SMV y M o sea en $ 9200, con – reiteramos- la justificación económica y financiera que le da sustento.

Este concepto esta liberado de todo tipo de aportes, contribuciones e impuestos, con lo cual impacta en forma plena en los salarios de bolsillo de los trabajadores, quienes cobran el fondo de desempleo y los jubilados y pensionados.

Las ultimas consideraciones hacen expresa referencia a los efectos de equiparar las finanzas provinciales de aquellas provincias que no transfirieron sus Sistemas Provisionales de Empleados Públicos al Estado Nacional, en relación a las que si concretaron ese operativo.

Las Provincias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fé y Tierra del Fuego, no transfirieron , pero casi la totalidad hicieron acuerdos para enfrentar sus déficit, principalmente los originados e el Sistema de Retiro Policial y en casos del Servicio Penitenciario.

Cabe recordar, en anteriores presentaciones de los Senadores Verna-Higonet, se ha mencionado, la Administración Nacional de Seguridad Social, demora en girar los importes necesarios, debiendo ser soportadas las erogaciones el sistema financiero con el correspondiente defasaje financiero que esto le produce. Mientras que las provincias que no transfirieron no soportan ningún aporte diferencial, dado que la ANSES abona directamente los haberes provisionales correspondientes-

El proyecto prevé un sistema de giros mensuales del déficit programado, con posterior fiscalización de la ANSES, de tal forma de desahogar financieramente a estas provincias, que en muchos casos tienen un costo financiero y en otras consecuencias sociales, ante el retardo de la aplicación de los fondos públicos a los fines que corresponden.