El 9 de septiembre, la senadora María Higonet, acompañada de su par Carlos Verna, presentó un proyecto de ley para incorporar en el Código Penal como delito la sustracción de datos personales por Internet.

El método, conocido comúnmente phishing, consiste en engañar al visitante de una página web, haciéndole creer que se encuentra en el sitio de su banco, en lugar de uno falso con el fin de obtener contraseñas, tarjetas de crédito o cualquier tipo de información financiera o bancaria.
Si bien en el plano internacional se ha avanzado en la legislación de esta cuestión, en nuestro país no se encuentra penada como delito autónomo la mera obtención de datos (por phishing o cualquier otro método) con fines de defraudar. Por ello,la iniciativa busca reprimir esta conducta suscribiéndola al artículo 157 del Código Penal, sobre sustracción de datos personales. De esta manera, se busca dar respuesta al exponencial crecimiento de la delincuencia especializada en la primera etapa del “phishing completo”, a saber, la captura ilegítima de datos, para su posterior venta o cesión a terceros.
El proyecto propone como pena desde un mes hasta dos años de prisión o multas desde los $10.000 hasta los $100.000 a quien mediante cualquier forma de ardid o engaño, indebidamente obtuviere o captare datos personales, financieros o confidenciales. A su vez, también entiende que se aplicará la misma sanción al que con fines ilícitos, diseñare, programare, desarrollare, vendiere, ejecutare, facilitare o enviare un dispositivo, sistema o programa informático, destinados a la indebida obtención o captura de datos personales, financieros o confidenciales.
La senadora Higonet destacó la pertinencia del proyecto al puntualizar que “es necesaria la tipificación de esta conducta por ser la raíz y el acto preparatorio de otro tipo de delitos vinculados al fraude electrónico, como la transferencia de activos de cuentas bancarias, acceso indebido a casilla de correos electrónicos y diversos delitos relativos al robo de identidad”.