La medida fue dispuesta por el Juez de Control Marcelo Pagano en la audiencia de re examen de medida de coerción solicitada por el Fiscal Héctor Aberásturi, luego que el imputado, Gonzalo Horacio Muñoz, fuera identificado en la rueda de reconocimiento de personas realizada ayer.
El hecho que se le imputa a Muñoz, cometido tres días atrás (10/09/11) tiene la calificación provisoria de “Robo agravado por el uso de arma”, delito que prevee una pena mínima de cinco años de prisión. El Fiscal manifestó que se trata de un delito grave y solicitó la prisión preventiva hasta la finalización del proceso, considerando que si Muñoz recupera su libertad podría influenciar no sólo en el damnificado, sino también en los otros cuatro co imputados que hasta el momento no pudieron ser identificados.
Además, señaló que el imputado de 19 años de edad, tiene una sentencia condenatoria del 31 de marzo de 2011 a tres años de prisión por la comisión del delito de “Lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego” y expresó que esa condena, más la pena que podría corresponderle por este hecho, “hacen presumir que de recobrar su libertad podría fugarse de la Provincia”.
Por su parte, la Defensa a cargo de María José Giannineto solicitó la libertad del imputado o la alternativa de la prisión domiciliaria y manifestó su desacuerdo con la calificación fiscal del hecho, sugiriendo otra que prevee una pena mínima de tres años, al considerar que no puede acreditarse la aptitud del arma para el disparo porque la misma no fue hallada. El alegato encontró la réplica del Fiscal quien sostuvo que el damnificado mencionó la existencia de un arma, la describió y dijo que podría reconocerla.
Finalmente, el Juez de Control Marcelo Pagano evaluó el hecho como grave y dijo que más allá de la calificación del hecho, en caso de que Muñoz sea condenado deberá cumplir una pena de efectivo cumplimiento. En coincidencia con los argumentos del Fiscal dictó la prisión preventiva pero limitando el término de la misma a treinta días corridos a partir de la fecha.