En horas del mediodía de ayer, tuvo lugar una lectura de sentencia en la que el Juez Alfredo Alonso condenó a Sebastián Daniel Arias (23 años) como autor material y penalmente responsable de los delitos de Robo Simple Reiterado – tres hechos – y Hurto Simple en Concurso Real, a la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo y costas, declarándolo reincidente.

El día 19 de agosto del corriente en el marco de una audiencia de Juicio Directo por Flagrancia, el Ministerio Público Fiscal junto a la Defensa propusieron resolver la situación de Arias mediante el procedimiento de Juicio Abreviado – que implica el reconocimiento de la autoría por parte del imputado – proponiendo la aplicación de la pena que hoy fue impuesta.
Los cuatro hechos imputados a Arias – encuadrables en delitos contra la propiedad – fueron cometidos en la vecina localidad de Trenel, tres de ellos en el mes de abril y el cuarto, entre las 20 hs. del 14 de agosto y las 20:15 hs. del día siguiente. La celeridad del trámite judicial realizado mediante Juicio Directo por Flagrancia a pocas horas de su detención, permitió acumular los legajos relativos a las otras tres investigaciones y obtener una resolución en base a los cuatro hechos.
LOS HECHOS
Uno de los hechos imputados a Arias, fue la sustracción de un estéreo y un pen drive del interior de un automóvil, previo forzar una puerta delantera. El Robo fue cometido entre las 22:30 hs. del 1 de abril y la hora seis del día siguiente.
En otro hecho que data del mismo día (madrugada del 2 de abril), Arias fue considerado autor de la sustracción de una mochila que contenía herramientas de mano, una linterna y un encendedor. Según las pruebas obrantes en el legajo, la habría sacado del interior de un vehículo estacionado en la vía pública, al que habría dañado en su estructura. La sentencia indica “la prueba concreta que vincula al acusado con el hecho, es sin duda alguna el secuestro en su domicilio habitual de tales elementos, sin desmerecer la observación del personal policial que esa noche lo captó, en medios de merodeos indicativos por el pueblo”.
De los elementos de prueba reunidos en otro de los legajos, el Dr. Alonso dice: “puede establecerse sin margen de dudas que en horas de la madrugada del pasado 2 de abril Sebastián Daniel Arias… se apoderó de un televisor… una hidrolavadora… una amoladora… un radiograbador… una caja plástica con herramientas, dos cajas con ojotas y un compresor casero”. Todos los elementos fueron recuperados.
Por último, entre las 20 hs. del 14 de agosto y las 20:15 hs. del día siguiente, Arias – previo forzar la ventana de un domicilio, se apoderó de 30 kilos de chorizos caseros, dos jamones, tres botellas de bebidas alcohólicas, un radiograbador, un luz de emergencia, una radio y dos anillos de oro. El Juez destacó como prueba específica, la actuación del Cabo de Policía Dante Quiroga, quien teniendo la noticia del hecho y el merodeo de Arias en la zona del domicilio afectado, lo interceptó en la calle 9 de Julio entre Beriso y Avda. San Martín de Trenel, comprobando que en el canasto de la bicicleta en la que se desplazaba, portaba el radiograbador que pertenecía al damnificado.