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Las víctimas, ¿tienen derecho a ser querellantes con el Nuevo Código Procesal?

La implementación del Nuevo Código Penal se realizó sin el presupuesto total necesario. Es así que no se creó la Oficina de Atención a la Víctima, una pata fundamental en el servicio de Justicia a la población. Pero además, según la orden que habría emanado el Procurador General, Dr. Mario Bongianino, los defensores oficiales no podrán constituirse como querellantes para aquellas personas sin recursos que lo soliciten. La justificación: la falta de presupuesto para atender todas las funciones. Antes del 1 de marzo cuando se comenzó a implementar la nueva norma, no había surgido nunca problemas en este sentido (aunque tampoco fueron muchas las solicitudes al respecto). De esta forma, ¿se respeta el derecho constitucional que contar con un asesoramiento legal de las víctimas cuando no cuentan con dinero para pagarlo?

El tema se hizo público cuando una mujer, sin recursos económicos, cuyo hijo de 6 años habría sido víctima de violación, quiso constituirse en querellante y para ello solicitó el servicio de las Defensorías Oficiales. La respuesta fue negativa, lo que generó una fuerte discusión en Tribunales. La mujer solo contará en su favor con el trabajo que realice la fiscalía a cargo de la investigación, en este caso la fiscal Ivana Hernández.