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De Titto negó su participación en el robo al local de choripanes

Hoy tuvo lugar la audiencia de debate por un hecho calificado por el Ministerio Público Fiscal como “Robo calificado por escalamiento en grado de tentativa” donde resultó damnificado el propietario del puesto destinado a la venta de choripanes, ubicado en calle 13 entre 22 y 24 de esta ciudad y en el que resultaron imputados Carlos Darío Carballo y Luis Miguel Román De Titto. El martes 4 de julio será la lectura de sentencia.

Vale recordar que la situación de Carballo fue resulta el viernes de la semana pasada con la aplicación de la Suspensión de Juicio a Prueba por el término de un año en el que deberá cumplir una serie de medidas de conducta impuestas oportunamente por el Juez Alfredo Alonso. En cuanto a De Titto, y ante la posibilidad de recibir el mismo beneficio debido a los antecedentes penales con los que cuenta, hoy fue sometido al debate oral y público, cuya sentencia será leída el próximo martes 4 de julio, a las 12 hs.

La audiencia se extendió por aproximadamente dos horas y media. Ofrecieron su testimonio los policías que intervinieron en el procedimiento al tiempo que reconocieron la herramienta que se les mostró (una llave francesa), como la que fuera secuestrada en la requisa realizada a De Titto. También se les solicitó que brindaran más detalles valiéndose de las fotografías y del croquis del lugar del hecho aportado en el sumario policial.

En su alegato, la Fiscal Ana Laura Ruffini dijo tener por acreditado que el día 18 de junio del corriente, alrededor de las 6,30 hs. el llamado de un vecino al servicio del Comando Radioeléctrico advirtió sobre la presencia de una persona en actitud sospechosa sobre calle 13 entre 22 y 24 de esta ciudad y de otra, que habría ingresado a un domicilio de la cuadra. En el lugar, personal policial procedió a identificar al primero de ellos, de nombre Carballo, quien manifestó que estaba junto a Luis Miguel Román De Titto, sorprendido momentos después, en el techo del local por otro de los oficiales. Ruffini destacó – a partir de las pruebas recabadas – que la puerta del frente del local no estaba forzada y que De Titto accedió por la parte trasera utilizando la herramienta que fue encontrada entre sus pertenencias, previo saltar los tapiales lindantes de una altura que supera los 2 mts. Además, la Fiscal señaló que en el interior, la policía pudo constatar una bolsa con panes y botellas de cerveza preparada por el imputado para sacarlas del lugar.

Por este motivo, formuló la acusación por la comisión del delito de “Robo calificado por escalamiento en grado de tentativa”, solicitando la pena de dos años de prisión de efectivo cumplimiento acumulable a sentencias anteriores, considerando que De Titto se encontraba gozando de una excarcelación otorgada el 31 de mayo último por el Dr. Luis Abrahan, titular del Juzgado de Transición Nro.4, y registra cinco condenas, la mayoría por delitos contra la propiedad “que ponen de manifiesto su actitud desaprensiva con los bienes ajenos.”

Por su parte, la Defensa a cargo de María José Gianinetto sostuvo no fueron incorporados elementos que permitan identificar a De Titto como el autor del ilícito, desestimando la actuación policial por no haber recabado huellas dactilares ni de pisadas en el lugar del hecho. Esta falta de prueba – dijo – genera una duda razonable que impide una condena. Opinó que la causa fue fabricada por la policía y solicitó la absolución de su defendido o para el caso que el Juez lo considerara responsable del hecho, la calificación de “Robo simple en grado de tentativa”, ya que estimó que no existió el escalamiento que agrava la figura penal con la pena mínima de quince días de prisión, de acuerdo a lo establecido por el Código Penal.

Por último y haciendo uso de su derecho de defensa, De Titto negó su participación en el hecho que se le imputa.

Uno de los policías que participó del procedimiento, explica al Juez y a las partes señalando en el croquis demostrativo del lugar del hecho, el sitio donde fue aprehendido De Titto.