Lo confirmó a infpico.com el titular del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de General Pico, el doctor Carlos Iglesias. El funcionario explicó que si bien llama la atención porque no hay demasiados precedentes, es una acción legítima que tienen los organismos de recaudación una vez finalizadas todas las etapas previas para intentar cobrar las deudas contraídos por los vecinos, que no pagaron multas que les labraron en territorio cordobés.
“En el último mes han consultado en el Tribunal de Faltas gente que le ha llegado a su domicilio demandas por infracciones de tránsito que se han labrado en los últimos años y que, luego de varias intimaciones y preavisos, los han demandado”, comentó Iglesias.
Explicó luego que “es como cualquier demanda común que una vez establecida firme la sentencia lo que hacen es ejecutarla, tratando de cobrarla como cualquier deuda común, como si fuera un cobro ejecutivo, un cheque o un pagaré, así se cobra una infracción de tránsito, por medio de un procedimiento de apremio, como se cobra una deuda de servicios municipales o cualquier otro tipo de infracción, se inicia una acción y se ejecuta por vía judicial”.
Indicó que “el primer paso es labrar la infracción y que la persona tenga conocimiento en el momento, en el caso particular de Córdoba se le da conocimiento a la persona en el momento de labrar la infracción y después sigue todo el procedimiento, no inician una acción judicial por iniciarla o porque a alguien se le ocurrió. Hay todo un procedimiento, un expediente armado y un responsable que da la orden de ejecutar esa deuda, como pasa acá en la Municipalidad de General Pico con el resto de sus deudas”.
“Es así de sencillo, no es cosa inventada ni nada por el estilo, lo que pasa que por ahí es una novedad que se ejecuten, la Municipalidad también inicia ejecuciones por apremios y deudas, lo hace como cualquiera, lo que pasa que llama la atención porque viene de otra provincia, donde por ahí mucha gente tiene infracciones”, agregó.
Informó luego que al Juzgado de Faltas llegan multas labradas a vecinos de la ciudad “desde todos puntos del país, principalmente después de las vacaciones de invierno y de verano, depende el lugar de acuerdo la época”.
En tal sentido el funcionario recomendó abonar las multas, dado que “después las consecuencias son peores y se incurre en mayores gastos. Lo que tiene que hace uno si cometió la infracción y fue notificado debidamente, si la puede pagar en el momento la paga, porque sino después va a aumentar, porque la mayoría se mide por litros de combustibles y esto tiende a aumentar, entonces la hace más onerosa”.
Además, señaló que en caso de que el caso se judicialice “se paga no solamente el capital, sino los honorarios, gastos de justicia, caja forense y rentas, que muchas veces duplica o triplica el valor de la multa”. También se han dado casos de que por falta de pago de infracciones algunas provincias coloquen a infractores en el Veraz, lo que los perjudica a la hora de sacar un préstamo o, por ejemplo, recibir un beneficio como el PROCREAR.
“A nadie le gusta primero reconocer la infracción y segundo pagar, porque dicen que es dinero tirado, si es así no cometas la infracción y no vas a tirar ese dinero”, aconsejó.
Sostuvo que “el procedimiento que hace Córdoba, que hace la DGI o Rentas de la provincia es un procedimiento valido, mas allá de que se puede discutir si dentro del proceso mismo existe alguna irregularidad como puede haber en cualquier proceso. Pero el origen en principio de todo esto es un origen valido”.
Lamentó el juez de Faltas que los vecinos se preocupen más por buscar los resquicios para no pagar que por corregir sus conductas impropias a la hora de manejar.
Lo que sí admitió el funcionario municipal es que muchas veces los conductores se ven afectados por la disparidad de criterios que tiene cada provincia, ya que si bien existe una Ley Nacional de Tránsito, cada territorio tiene la facultad de adherir o no, o sumarse pero realizar modificatorias.
Esta situación a quienes manejan vehículos “los perjudica, al conductor y a uno que quiere asesorar a las personas, porque lo tiene que asesorar en lo mínimo e indispensable porque cada provincia tiene su legislación y eso a la persona la tiene a confundida y genera este tipo de incertidumbres”.
De todas formas remarcó que “hay que respetar las leyes, para eso están, nos guste o no nos guste”.
Consultado sobre el cobro de multas a nivel local, informó el juez de Faltas que “la gente mayormente paga, principalmente por pago voluntario, porque la Municipalidad hace un 60 % de descuento dentro de los primeros 8 días, eso es una buen llamador para pagar. Pasados esos 8 días ya el descuento es del 20 %”. También existe la posibilidad de abonar mediante un plan de pago en cuotas, pero abonando el monto total de la multa.
En el caso de los infractores que no cumplen con los pagos por el medio que sea, “se va al área de los estudios jurídicos y después de varias intimaciones consideraran desde el área de Apremios si se pueden iniciar acciones o no, y si se puede trabar embargo sobre algún bien”.
Por último, recordó que quienes no puedan pagar con dinero tienen la posibilidad del “trabajo comunitario, pero es cuando es una infracción leve y si es la primera vez que comete una”.