El juez de Audiencia Fabricio Losi condenó hoy a un hombre de 49 años a cinco años de prisión por haber cometido abuso sexual simple agravado por haber sido cometido como encargado de la guardia, en forma continuada. Desde los 8 a los 12 violentó a sus sobrinas, que se quedaban a dormir en su casa. Su hija también lo había denunciado por el mismo hecho, tras conocer que salía a luz la penosa situación, pero luego se retractó e impidió cualquier tipo de examen, por lo que en ese caso, fue absuelto por falta de pruebas.
Los terribles hechos se cometieron en el seno de una familia ampliada, con excelente relación, que se juntaban todos los domingos a almorzar en lo de los abuelos, y que tenían un sentimiento de unión y fraternidad fuerte.
El hecho ocurrió en una localidad cercana a nuestra ciudad, pero se evita nombrarla para que la familia no sea identificada por la comunidad y las víctimas, terminen siendo revictimizadas. Por igual motivo no se dan las identidades ni del condenado, ni de las víctimas, que hoy son profesionales universitarias y sufrieron y sufren graves trastornos en su vida de relación y en su cuerpo por lo vivido.
Los padres de las, entonces, preadolescentes, dejaban en algunas oportunidades a las niñas en la casa de su tío, cuando debían viajar a General Pico por cuestiones diversas. Era entonces cuando el hombre aprovechaba y se metía en la cama de las pequeñas para tocarlas en sus partes impúdicas, entre otras prácticas perversas.
Una de las hermanas se animó, ya de grande, a contarle a quien entonces era su novio y actualmente es su esposo, lo que había vivido entre los 8 y los 12 años. Este se lo relató a su madre, quien habló con la víctima y la convenció de hacer la denuncia. Durante un mes estuvo intentando preguntarle a la hermana si le había pasado lo mismo, lo que fue confirmado por ésta.
Finalmente la radicó en abril de 2013. Luego reunió a toda la familia y contó lo que había pasado, viendo como se desintegraba la unidad familiar. Tras ello, volvió a General Pico en compañía de su novio y la madre. En el camino recibió un mensaje de texto de su prima, de edad similar, que decía que no la culpaba porque a ella le había pasado lo mismo.
Al día siguiente, la mujer denunció a su padre. Pero luego se retractó e impidió cualquier tipo de prueba psicológica sobre ella. Incluso presentó un escrito, supuestamente de puño y letra, que se evidenció por el lenguaje utilizado, como de autoría de algún tercero.
El fiscal Alejandro Gilardenghi llevó adelante la investigación, que incluyó el testimonio de familiares, el marido y la suegra de una de las víctimas, todos creíbles y sin contradicciones. También la pericia psiquiátrica y psicológica tanto de las víctimas como del abusador.
La mamá de las dos hermanas pudo relacionar el relato de lo que había ocurrido con trastornos que tuvieron las chicas en la adolescencia. El psiquiatra forense Marcos Koncurat advirtió rasgos epidemiológicos compatibles con trastornos de la orientación sexual y la lic. Adriana Piras confirmó los relatos de las víctimas como creíbles y detalló síntomas compatibles con vivencias abusivas, que aún las chicas sufren en su vida.
Ante ello, el juez Losi dio por probada la existencia de los hechos, pues el descargo del acusado fue endeble y poco creíble y el informa del perito de parte (de la defensa) no da demasiados fundamentos científicos que pongan en duda las situaciones de abusos en la niñez. Y por ello, lo condenó a cinco años de prisión.
El problema se le planteó ante la denuncia y posterior retractación de la hija del abusador. Losi consideró que en ese caso se “evidencia un verdadero complot”. La denuncia que radicó en la comisaría de su pueblo, luego fue desmentida por la misma chica. En ella indicaba que los abusos se cometían delante de su hermano. El joven padece depresión y ha tenido intento de suicidio.
Luego se desmintió con un escrito de puño y letra que, según el mismo juez, es inverosímil que haya sido redactado por ella. Allí dijo que había denunciado “para hacerle un favor a sus primas”. Losi planteó en su fallo que “no quisiera cargar las tintas en demasía sobre xxxxxxxx, pues también es una víctima del acusado, pero su excusa para semejante denuncia es totalmente inverosímil”. La chica tenía entonces 22 años y estaba cursando una carrera universitaria.
“O XXXXXX realizó una falsa denuncia, o mintió en el juicio. Tenía la oportunidad de abstenerse de declarar contra su padre, como bien le fue advertido sobre la posibilidad que le brinda la ley ritual. Pero eligió mentir, para favorecer al abusador y desmerecer a las abusadas -sus primas-. Reitero que no se trata de alguien que pueda desconocer las implicancias de un testimonio judicial, pues es una docente que transitó por la universidad y actualmente cumple funciones en el sistema educativo”, dijo el juez en el fallo.
La otra hermana negó los dichos de quien había denunciado, y la madre mantuvo también esa tesitura, argumentando que la familia le tenía envidia y por eso se había radicado la denuncia. El juez interpretó que “no es posible determinar si trata de cubrir a su marido por convencimiento, o por necesidad, o es una víctima más del acusado”.
Más allá de ello, no contó con pruebas suficientes para condenar al hombre por el abuso sexual simple en perjuicio de su hija, tal como había sido denunciado, y dictó su absolución. Sin embargo, consideró que “la retractación de XXXXXX -sin duda sujeta a presiones-, la tentativa de suicidio de otro hijo de la familia, así como la convivencia del acusado con una pequeña niña en el domicilio familiar amerita que envíe, con fines tuitivos, copia de la sentencia al Asesor de Menores y al Juez de la Familia y del Menor”.