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Corpico se opone a la suspensión del juicio del robo a las cajas fuertes



El representante legal de la cooperativa, el abogado Ezequiel Marquesoni, presentará un recurso de oposición a la suspensión de juicio a prueba para los imputados del robo de las cajas fuertes de Corpico: Roberto Carlos Sosa, Carlos Osvaldo Fenández, Gastón Alejandro Fernández y Santiago Romano. 

Ezequiel Marquesoni
Ezequiel Marquesoni

En su fundamentación, Marquesoni indica que el monto ofrecido en concepto de reparación del daño causado, entre 4 mil y 5 mil pesos, es irrisorio y no es, como indica la ley, proporcional al daño causado a la víctima, que fue de más de 150 mil pesos en efectivo y gran cantidad de cheques. Es decir la oferta de los imputados es poco más del 10 % del daño causado.

Por otra parte, se opone porque los acusados no pueden demostrar que tienen las posibilidades económicas de resarcir según lo indicado.

También argumenta que hay falta de demostración de vocación reparadora del daño  causado, ya que “ ante la eventual carencia de medios económicos, los imputados pudieron ofrecer realizar tareas tales como limpieza, reparaciones y demás para CORPICO (extremo muy común en este tipo de incidencias)”.

Además, Marquesoni sostiene en su presentación que “no resulta conveniente otorgar la Suspensión del Juicio a Prueba en autos, puesto que ello afectaría claramente la posibilidad de llegar a descubrir la verdad respecto del delito cometido en la sede de CORPICO”.

Otra fundamentación sostenida en el escrito hace referencia a que el delito cometido es grave y tiene una pena en expectativa que va de los 3 a los 10 años de prisión. “Por ello, no resulta procedente la Suspensión de Juicio a Prueba si se toman en cuenta las características del delito cometido, la violencia aplicada al mismo y la burla que significa para la sociedad píquense en su conjunto (porque en definitiva, eso es CORPICO)”, afirmó el abogado.

Por último, afirma que “ dadas las características del delito (se encuentra fuera de toda duda la violencia en las cosas, y en la persona de Pacheco), ninguno de los imputados, de resultar condenados, obtendrá una pena de inferior al mínimo de la escala prevista para el tipo penal en juego (3 años de prisión), sino que la pena será mayor”, por lo que la probatino o suspensión de juicio a prueba es improcedente.