En la mañana de hoy, el Tribunal de Impugnación Penal, haciendo lugar al pedido del Dr. Armando Agüero, revocó la Sentencia Condenatoria por Homicidio Simple, que había condenado el joven, Alexander Azcurra, a 8 años de prisión y dispuso que el hecho debía ser calificado como Homicidio Preterintencional, condenando en consecuencia a Alexander Azcurra a la pena de 3 años de prisión.

Para llegar a dicho resultado, el Tribunal de Impugnación Penal, tuvo en consideración de que en atención a cómo sucedieron los hechos y la pelea entre los vecinos, no se pudo acreditar con certeza que Azcurra cuando agredió a Cluster hubiera tenido el conocimiento y la voluntad de dar muerte a su vecino, sino que, el resultado no fue querido por Azcurra, razón por la cual no puede imputársele el homicidio de forma dolosa o intencional.
De esta forma, la nueva Sentencia, dispone que su condena sea de 3 años de prisión y teniendo en cuenta que Azcurra no cuenta con antecedentes penales y lleva 14 meses de detención, es que el Dr. Armando Agüero, en la mañana solicito la libertad de su defendido por entender que ya cumplió el tiempo suficiente para acceder a la Libertad Condicional, debiendo por ello recuperar la libertad en el transcurso del dia.
