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Pidieron un año de prisión efectiva por el robo a la despensa “Caramelo”

En el marco de una Audiencia de Ofrecimiento de Prueba, la Fiscal Ana Laura Ruffini  solicitó la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento para Carlos Hernán Gsponer en orden al delito de Robo Simple. Dos delincuentes armados habian ingresado el pasado 14 de abril a la Depensa “Caramelo” propiedad de Ricardo Buzzo y se llevaron dinero en efectivo.

La Defensa a cargo de Guillermo Costantino consintió el pedido efectuado compartiendo los argumentos del Ministerio Público Fiscal.

El caso fue tramitado por Juicio Directo por Flagrancia ante el Juez de Audiencia Fabricio Losi. En aquella audiencia celebrada diez días atrás, la Fiscal relató que el día 14 de abril a las 21 hs. Carlos Hernán Gsponer junto a otra persona que no se logró identificar, asaltaron la despensa “Caramelo” ubicada en calle 5 entre 106 y 108 produciéndose la detención del nombrado a escasas cuadras del lugar. La requisa realizada por personal policial de Comisaria Tercera, convalidada por el Juez Losi, permitió constatar que  Gsponer  llevaba entre sus pertenencias setenta y cuatro pesos en billetes de diferente valor, todos en mal estado de conservación, coincidiendo con la descripción que dio el damnificado sobre el faltante en la caja registradora y un cupón de una rifa de la Asociación de Bomberos Voluntarios del año 2008, que según los registros de la Institución fue adquirida por Ricardo Busso, propietario de la despensa.

Es de destacar que previo a este consenso en los términos de Juicio Abreviado, el damnificado fue consultado por el Ministerio Público Fiscal y manifestó su desinterés en presentarse como querellante y participar de la audiencia, al tiempo que expresó  su conformidad con la pena solicitada.

La Fiscal hizo saber al imputado y su defensor que conforme el hecho narrado y las pruebas obtenidas, calificaba el accionar de Carlos Hernán Gsponer como autor responsable del delito de ROBO SIMPLE por lo que solicitó que se lo condene a la pena de 1 (un) año de prisión de efectivo cumplimiento, debiendo el mismo ser declarado REINCIDENTE.

La sentencia – a cargo del Juez de Audiencia Alfredo Alonso – será leída en el término de cinco días hábiles a partir de la fecha.