El fallo se leyó sobre el mediodía de hoy en el Palacio de Tribunales píquense. El juez, Florentino Rubio, condenó a Daniel Alberto De Titto por encontrarlo penalmente responsable de los delitos de robo calificado por el empleo de arma de fuego, portación de armas de guerra y resistencia a la autoridad en concurso real , a la pena de seis años y diez meses de prisión y costas, declarándolo reincidente. Intervinieron, como parte acusadora en representación del Ministerio Público Fiscal, el Dr. Damián Campos y como defensor del acusado, la Dra. María José Gianinetto.
Cabe recordar que Daniel Alberto De Titto, el día 18 de agosto del corriente año, aproximadamente a las 08:30 horas, en inmediaciones de calles 103 y 10, abordó el remis Volkswagen, dominio MWG 054 pidiéndole al remisero que lo traslade hasta la calle 103 entre 34 y 34 bis. Posteriormente lo amenazó con un arma de fuego pidiéndole el dinero y se bajó del vehículo. Minutos después De Titto fue interceptado por una comisión policial en las calles 32 y 109, a la cual amenazó con un arma de fuego, hasta que después de una corta huida fue detenido en posesión del revólver secuestrado.
De acuerdo a la Calificación legal que se encuentra dentro de la lectura del fallo 369, De Titto quiso apoderarse y se apoderó del dinero que Carrizo poseía, con esa finalidad, eligió el medio que consideró adecuado para lograrlo: una verdadera acción intimidatoria mediante la utilización de un arma de fuego para lograr vencer la resistencia de Carrizo a entregar el dinero. El arma como quedó establecido al tratar el legajo nº 16.704 a cuyos argumentos me remito, era apta para el disparo, de tal modo, se configuró el delito de robo agravado por empleo de arma de fuego, previsto en el artículo 166 inciso 2º primer párrafo del Código Penal.