Categorías
Judiciales

Jueces absolvieron a Ragonese



Tal como estaba previsto, los jueces Carlos Pellegrino, Alfredo Alonso y Fabricio Losi dictaron hoy la sentencia sobre Romina Ragonese. El fiscal había pedido la absolución por considerar que mató a su pareja, Maximiliano Pérez en defensa propia, el abogado defensor adhirió a la petición, el tribunal no opuso reparos y hoy dictó sentencia absolutoria.

Foto de archivo de Ragonese y su abogado defensor. Hoy no estuvo presente
Foto de archivo de Ragonese y su abogado defensor. Hoy no estuvo presente

Cabe recordar que Romina Ragonese recuperó su libertad el pasado jueves, tras los alegatos del fiscal Alejandro Gilardenghi y del abogado defensor Armando Agüero. Había permanecido con prisión domiciliaria en el Hogar Juana Azurduy, sito en Santa Rosa, destinado a cobijar a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijos.

El debate oral y público insumió tres días de la semana anterior y terminó el jueves con la sorpresa del cambio de acusación de parte del Ministerio Público Fiscal.

El fiscal Gilardenghi había comenzado la investigación fiscal preliminar bajo la acusación de “homicidio agravado por la situación de convivencia”, pero al desentrañar las circunstancias en que se había dado el hecho, y analizándolas desde una perspectiva de género, concluyó que a la mujer no le quedó otra opción que defenderse ante un nuevo ataque sexual de su pareja, y lo hizo con un cuchilla atento a la diferencia corporal entre ambos. Ella no llegaba a pesar 40 kg y él más de 80 kg.

Utilizó además otras argumentaciones para justificar el cambio de acusación ya que las penas entre una y otra son diametralmente opuestas. Mientras que la primera calificación preveía prisión perpetua, la segunda contempla la absolución.

Utilizó jurisprudencia, citó la Ley de Detección, Erradicación y Lucha contra la Violencia hacia la Mujer y pactos internacionales a los suscribió nuestro país, y por supuesto el Código Penal para justificar su decisión.

El presidente del Tribunal, Carlos Pellegrino fundamentó el voto al que adhirieron los demás integrantes, Losi y Alonso.

Pellegrino expuso en una parte de su extenso fallo que “la triste historia de vida de Romina Antonella Ragonese y Coman, develada en el transcurso del debate, muestra una relación de pareja mal concebida desde su propia gestación, al iniciarse en el período de recuperación de adicción a las drogas, con quien fuera pareja de su madre, con una relación sexual que devino en el embarazo y nacimiento de su hijo.

Llevando a deambular por precarios lugares prestados o habitaciones en pensiones de alquiler, con agresiones, denuncias, padecimientos, interrupciones y vueltas obligadas, que terminaron con el viaje a General Pico, forzado por las amenazas de muerte recibidas por Maximiliano Pérez, de parte del ambiente que frecuentaba.

La conflictividad de la relación quedó de manifiesto a lo largo de toda la declaración de la imputada. Ratificada por sus familiares y amigas. Además de los aportes que efectuaron los profesionales que la asistieron, como lo fueron el psiquiatra forense Dr. Koncurat y la licenciada en psicología Carretero.

Habiendo concluido en un abrupto desenlace la noche del hecho investigado.La maniobra de efectuar el apuñalamiento por parte de la imputada, sólo pudo obedecer a una maniobra defensiva. (…)…surge evidente, manifiesto y sin lugar a dudas, que la conducta desplegada por la imputada obedeció exclusivamente a un mecanismo de defensa, ante un ataque real y actual de su pareja, potenciado por el consumo abusivo de alcohol.”