Se lo encontró como autor material y penalmente responsable del delito de Robo Calificado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no fue acreditada por un hecho ocurrido el 26 de noviembre de 2013. Fue condenado a la pena de Tres años de prisión de efectivo cumplimiento, la queunificada con la condena impuesta mediante fallo N° 203, de ésta Audiencia de Juicio, compone una pena única de Tres años de prisión, de efectivo cumplimiento, revocando la libertad condicional. DeclarándoloReincidente
DENUNCIA
Se cuenta con la denuncia radicada en Comisaría Primera, donde el damnificado C.V. realizó un relato pormenorizado del acontecimiento en su declaración en sede de la Fiscalía. Donde manifestó que el día 26 noviembre de 2.013, cuando se conducía en su motocicleta en compañía de …, por calle 107 en dirección a calle 2, al llegar a calle 2 bis, se le cruzaron tres personas en su circulación, por lo que se vio obligado a frenar. Uno de ellos se puso adelante, y dos al costado, uno de ellos era Quiroz.. Hicieron descender a su amigo y le expresaron que se iban a quedar con su moto, ante la negativa de la entrega, comenzaron a golpearlo en distintas partes del cuerpo. Resultando Quiroz quien le expresó “loco bajate porque te quemo” y extrajo de entre sus ropas un arma de fuego, por lo que descendió del rodado y se lo entregó. En forma posterior le indicaron hacia donde tenía que dirigirse, expresándole Quiroz que si quería recuperar la moto al día siguiente debía traerle mil pesos a B., ya que él la tendría, además de decirle que no hiciera la denuncia porque lo conocía y tomaría represalias.
Posteriormente el damnificado realizó la denuncia, se realizaron allanamientos y una ronda de reconocimiento donde fue confirmado Quiroz como uno de los autores.