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Diez años y ocho meses de prisión por matar a inquilino



El tribunal conformado por los jueces Fabricio Losi, Alfredo Alonso y Carlos Pellegrino condenó hoy a 10 años y 8 meses de prisión a Héctor Gleman Garrone, de 73 años de edad, por el homicidio agravado de Alexis Berazatagui, ocurrido en Parera el pasado 30 de mayo. El hombre puede contar con el beneficio de la prisión domiciliaria dada su edad. 

Héctor Glenam Garrone
Héctor Glenam Garrone

Según el fallo dictado hoy por la Justicia quedó probado que “Alexis Gerardo Berazategui -que a la fecha del hecho contaba con 32 años de edad-, alquilaba una vivienda a Héctor Gleman Garrone, en la cual convivía con su concubina Flavia López y un hijo pequeño. El contrato se había hecho en forma verbal, siete meses antes del hecho, por un valor de seiscientos pesos mensuales, de los cuáles sólo había abonado el primer mes. Ante la mora y los reclamos de Garrone, Berazategui acordó retirarse y entregó las llaves al acusado el día anterior, conforme lo confesó el imputado y lo refrendó Flavia López.

El 30 de mayo, Berazategui y su mujer venían desde el domicilio de la madre de Flavia hacia la casa que alquilaban, de la cual presuntamente se iban a retirar. La mujer lo hacía en un VW Senda, con su pequeño hijo y Berazategui en una moto sin nafta, por lo que iba tomado de la ventana del auto, según dijo Miguel Ángel López, que también pasaba por el lugar -en otra moto-, porque iba a retirar a su hijo de fútbol. Al llegar a la casa los estaba esperando Garrone, con un arma.

Cuando bajó Berazategui e intentó entrar en su casa se desató la tragedia. En minutos se sintió un disparo y la víctima cayó con un tiro en la cabeza, que le destruyó la masa encefálica y le causó la muerte horas después.”

La investigación fiscal buscó resolver si Garrone disparó intencionalmente contra la humanidad de Berazategui, o si por el contrario se trató de un disparo accidental luego de verse empujado por la víctima, evidentemente más joven, lo que le causó un súbito temor.

Tras el proceso judicial que incluyó el aporte de pruebas, pericias psiquiátricas y criminalísticas y el debate oral y público  quedó probado, que “Garrone causó la muerte de Berazategui en forma dolosa, descartándose que el resultado lesivo haya sido producto de un obrar imprudente, conforme la siguiente argumentación. (…) Garrone lo estaba esperando a Berazategui con un arma en la mano, que llevó con el tambor completamente cargado para seis disparos”.

En el juicio no se pudo determinar por qué motivo fue armado, pero la Justicia descartó que fuera por miedo, ya que Berazategui no cuenta con ningún antecedente violento ni  había denuncia alguna por delitos contra la propiedad, más allá de los dichos de algunas personas del pueblo.

El psiquiatra que atendió a Garrone “tampoco constató un estado de emoción intensa, aunque sí de arrepentimiento en el acusado. Al profesional Garrone le dijo que al momento de los sucesos tenía “hartazgo y miedo”.

Tampoco surgieron  lesiones en el cuerpo de Garrone ni en la víctima que prueben que existió una pelea entre ambos. Ni hay ingesta de alcohol ni sustancias tóxicas en ninguno de los dos, según informes periciales. Por todo ello, los jueces desestimaron que posibilidad de un homicidio culposo, es decir accidental, que tiene una condena mucho menor.

Los jueces concluyeron que “el móvil de la disputa fue económico. Seguramente para Garrone, una persona jubilada de más de setenta años, los seis meses que le adeudaba Berazategui fuera una suma importante, pero nada justifica tamaña reacción. Es probable que sufriera el hartazgo de promesas -de pago o de retiro- que la víctima fue incumpliendo, pero no hay probanza alguna que Berazategui haya sido una persona violenta”.

Y aseguraron que “Garrone, una persona sin antecedentes penales, en una edad avanzada pretende hacer justicia por mano propia.  Aparentemente nunca requirió de los servicios de ningún abogado que pudiera desalojar a Berazategui, mediante la correspondiente acción judicial o alguna gestión extrajudicial. Fue decidido a concluir el pleito por una vía rápida y violenta ante el menor contratiempo, o ante la persistencia de su inquilino en quedarse en la casa. Llevó un arma, en buen estado de conservación y funcionamiento, con las seis balas del tambor. No fue con intenciones de amedrentamiento ni de defensa.”

Y concluyó que “desde antes que bajaran de los vehículos, ya esgrimía el objeto y en cuestión de minutos, ante la no concreción de su objetivo (que Berazategui pague o se vaya del lugar) le descerrajó un tiro a corta distancia, apuntando con precisión a una zona vital como la cabeza, con un elemento ofensivo que fue mortífero, al destruir masa encefálica.”

Ante la cantidad de pruebas certeras, condenó al hombre a 10 años y 8 meses de prisión, que por la edad, podrá cumplir en su domicilio. La misma pena había pedido el fiscal Alejandro Gilardenghi, que encabezó la acusación fiscal.