La Municipalidad difundió a través de un comunicado de prensa que la laguna del Parque Delfín Pérez quedaba habilitada para las prácticas náuticas. Sin embargo, esa actividad está prohibida por ordenanza municipal desde el14 de junio del año pasado.
Foto enviada por Dirección de Prensa anunciando la apertura de actividades náuticas
La concejala Silvia “Poy” Carballo (Frepam) explicó que “con la ordenanza 55/2012 se suspendían todas las actividades náuticas dentro de la laguna. Pero en su art. 2do. habla de suspenderlas hasta tanto se formalice la reglamentación correspondiente sobre las mismas, a lo mejor en los próximos días entra en el Concejo Deliberante la reglamentación desde el Ejecutivo Municipal.”
Cuando se apruebe una nueva ordenanza reglamentando las actividades náuticas, quedaría derogada la anterior. “Hasta el momento no la hemos tenido”, afirmó la concejala. “En este momento, tal cual están dadas las cosas, está en plena vigencia la ordenanza 55 del 2012 y está prohibida la actividad náutica en la laguna”.
Hace dos semanas, desde la dirección de Prensa de la Municipalidad se envió una gacetilla indicando la apertura de las actividades náuticas en la laguna incluyendo tres foto del intendente municipal y varios funcionarios en ese lugar.
De su lectura se desprende que habría una reglamentación pero no fue ingresó al Concejo Deliberante por lo que la ordenanza prohibitiva del año pasado sigue vigente.
El comunicado dice: “Los días y horarios para la navegación son los siguientes: Sábados de 13 a 17 horas; Domingos y feriados de 9 a 17 horas.
Asimismo, la propia municipalidad establece una serie de condiciones a tener en cuenta para la navegación:
El único lugar autorizado para embarcar y desembarcar es en el embarcadero habilitado para tal fin.
Todos los tripulantes deberán llevar puesto el chaleco salvavidas, y en la embarcación deberá haber un silbato de emergencias.
Está prohibida cualquier embarcación con motor, con el objetivo de preservar el ámbito natural.
La tripulación deberá contar con al menos un mayor de edad.
Bajo estas condiciones climáticas adversas estará prohibida la navegación: niebla o bruma, viento fuerte, lluvia o llovizna, tormenta o alerta de tormenta
La persona autorizada para la toma de decisiones es el guardavidas y será inapelable.”