El delegado de la AFSCA en La Pampa, Eduardo Tindiglia, explicó porqué las normativas que se impulsan para “defender la libertad de prensa” de Macri, De la Sota y Darío Casado en nuestra provincia, son inconstitucionales. Y se mostró preocupado por los ataques injustificados a la ley.

Eduardo Tindiglia
“Estamos preocupados por los ataques injustificados que se han producido en los últimos días no solo con la presentación de este proyecto de ley de Darío Casado sino los DNU de Macri y De la Sota. En realidad estos DNU que supuestamente buscan garantizar la libertad de prensa avanzan sobre la supremacía de leyes nacionales, protegiendo intereses de grupos empresarios, esto queda más que claro. Hablan de defender la República y terminan haciendo un DNU que viola la Constitución porque ninguna ley local puede ir en contra de una ley nacional”, sostuvo Tindiglia.
Relató que lo que ocurre estos DNU tendrán un vida por que “hay jurisprudencia en un fallo contra la provincia de San Luis, de un año atrás, la Corte Suprema de la Nación dictó un fallo, tras la presentación de la AFSCA, en contra de esa provincia que en el año 2010 había sancionado una ley provincial que entraba en abierta contradicción con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. En esa oportunidad la AFSCA sostuvo que se arrogaba jurisdicción sobre materia relativa sobre servicios de radiodifusión, televisión abierta y por cable, lo cual implicaba una intromisión del gobierno provincial.”
Y se explayó sobre algunos artículos de los DNU que violan la Constitución. “Por ejemplo, según el artículo 12, la Ley de Medios no sería aplicable a las empresas que brinden información dentro de la Capital Federal, eso es un disparate porque la potestad del espectro radioeléctrico es potestad del esatdo nacional conforme lo prevé el art. 75. Otro art., el 17 dice que ninguna autoridad pública podrá despojar ni ofertar pública o privadamente ningún medio o licencia de comunicación sin la aprobación voluntaria del medio, eso es absolutamente insólito porque se está vulnerando el famoso art., 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El art. 16 se desprende que no se podrán expropiar medios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y viola el art. 17 de la Carta Magna”.
Por ello, afirmó que tanto los DNU de De la Sota y Macri como el proyecto de ley de Casado “pretende mediante la fachada de la protección de la libertad de expresión, proteger el ejercicio del comercio de los grupos económicos concentrados”.Por último, recordó que existe una total libertad de prensa y que fue el kichnerismo el que derogó la figura penal de calumnias e injurias que preocupaba a los periodistas.