En la reunión de hoy de la comisión de legislación general, los diputados aconsejaron por unanimidad que se apruebe la modificación de la ley 2547 de creación del registro de condenados por delitos contra la integridad sexual.
La iniciativa, del propio mentor de la norma que se modificará, el diputado Mariano Fernández, determina cómo estará integrada la base de datos del Registro, que será con los datos correspondientes a condenados por delitos contra la integridad sexual, tipificados en el libro segundo, título III, artículos 119 a 130, del Código Penal.
Fernández recordó que en el 2009 presentó el proyecto que se convirtió en la Ley Provincial 2547, por medio de la cual se creó el Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual que establece según el artículo 3 que su base de datos estará integrada con los datos correspondientes a condenados por delitos contra la integridad sexual y cuya pena sea de prisión o reclusión de tres años o más, o bien se trate de un caso de reincidencia de los delitos referidos.
También remarcó que “en ese proyecto original no se exigía que la pena sea de prisión o reclusión de tres años o más y así cualquiera que sea la condena por delito sexual tendría que ser inscripta en Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual”.
“Pero, en el amplio debate que se dio en el recinto –dijo- uno de los puntos que se consensuaron para aprobar la ley por unanimidad, fue incluir la condena por delitos a la integridad sexual de tres años o más para poder ser inscripta en el registro”.
Fernández afirmó que “la creación del Registro tiene como principal objetivo brindar una herramienta a la sociedad que demanda respuestas efectivas frente a los numerosos delitos contra la integridad sexual” y que “la experiencia social e institucional ha demostrado que todas las condenas por delito sexual deben estar inscriptas en el mencionado registro, por lo que proponemos en este proyecto la reforma del artículo 3 de la ley, donde la base de datos del Registro estará integrada con los datos correspondientes a condenados por delitos contra la integridad sexual”.