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Absolvieron a María Soledad Schneider



El Tribunal compuesto por los jueces Florentino Rubio, Alfredo Alonso y Fabricio Losi absolvieron hoy a María Soledad Schneider de la responsabilidad sobre el homicidio de José Luis Echeverría ocurrido el 14 de marzo pasado en calle 44 entre 1 y 3. Su hijo, menor de edad, siempre reconoció haber apuñalado a la víctima, fue hallado responsable penalmente y puesto a disposición del Juzgado de la Familia y el Menor.

María Soledad Schneider
María Soledad Schneider

Cabe recordar que la fiscalía a cargo del Dr. Alejandro Gilardenghi había solicitado una condena de 11 años de prisión para María Soledad Schneider por considerarla partícipe necesaria del homicidio. Por su parte, la defensa de la acusada, la Dra. Emilce Osán había pedido la absolución por considerar que el único testimonio que afirmaba haber visto como la mujer alcanzaba el cuchillo al hijo, es una hija del occiso y por lo tanto no era confiable.

Osán argumentó, además, que por lógica ninguna mamá con 5 hijos menores puede entregar un arma homicidia e hizo hincapié en la personalidad de la víctima. Indicó que en el barrio se lo apodaba «El brujo» por sus prácticas esotéricas y que se confirmó el intento de abuso sexual sobre una hermana menor del joven que lo apuñaló. Calificó la investigación como desprolija, subjetiva y personalizada.

 Fallo:

I) Declarando la responsabilidad penal de (menor) , D.N.I. Nº nacido el 25 de junio de l9 en esta ciudad, hijo de María Soledad Schneider, argentino, soltero, albañil y domiciliado en calle ; como autor material del delito de homicidio simple y remitiendo copia certificada de la sentencia al señor Juez de la Familia y del Menor. Arts. 79 del Código Penal; arts.2 y 4 de la ley 22.278 y art. 20 de la ley 1.270.

II) Absolviendo a María Soledad Schneider, D.N.I. Nº 26.507.891, nacida el 28 de julio de 1978 en esta ciudad, hija de Jorge y de Norma Leguizamón, argentina, ama de casa y domiciliada en calle 44 bis nº 49 de esta ciudad, respecto de la acusación que se le formulara por el delito de homicidio simple agravado por la intervención de un menor de edad, en grado de partícipe necesaria. Arts. 41 quater, 45 primera parte y 79 del Código Penal y 354 del Código Procesal Penal.

III) Disponiendo la inmediata libertad de María Soledad Schneider. Art. 354 del Código de Procedimiento Penal.

IV) Protocolícese, notifíquese, líbrense las comunicaciones de rigor y cúmplase con la ley nº 22.117.

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Dra. Emilce Montenegro, abogada de Schneider
Dra. Emilce Montenegro, abogada de Schneider