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Cámara de Apelaciones en lo Civil rechazó recurso de amparo presentado contra el Club Sportivo Independiente y ex dirigente



La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Segunda Circunscripción, rechazó el recurso de amparo presentado por  Fabio Alejandro Krivzov en una causa que se inicio en el año 2008 contra el Club Sportivo Independiente y el ex – vicepresidente segundo, Rubén Labarere. En aquel momento Fabio Krivzov inició juicio contra el Club y el ex dirigente  “rojo” argumentando que se había cometido un acto discriminatorio y una distinción desfavorable contra su hijo.


El hecho
de acuerdo a lo narrado por Krivzov, en aquel momento, que “el 31 de mayo de 2008, narró que debían viajar su hijo y sus compañeros de básquet a Santa Rosa, para disputar dos partidos; En la semana previa recibió un llamado telefónico de Labarere, que le dijo que su hijo debían abonar $ 45 para poder viajar, mientras el resto de sus compañeros abonaría $ 20 sin darle ninguna razón por tal diferenciación.  Admitió que hubo una distinción desfavorable hacia su hijo, una discriminación arbitraria, que lo llevó a interponer la demanda y reclamó $ 4.500 en concepto de daños y perjuicios económicos y la indemnización del daño moral sufrido, sin indicar monto”.

Por su parte Sportivo Independiente  sostuvo que había hablado con Krivzov y que le había pedido explicaciones por la decisión de no colaborar con las actividades organizadas por la subcomisión respectiva; El demandante le respondió que “no colaboraba ya que no estaba conforme con la manera en que se manejaba la institución” y que “no sabía que se hacía con el dinero”.  La respuesta sorprendió porque ya desde antes Krivzov se negaba a colaborar, por los mismos motivos. Ante la contestación obtenida se le dijo que el costo del viaje iba a ser $ 20 para quiénes habían recaudados los fondos, pero de $ 45 para su hijo.

…”Además dijo que casi todas las disciplinas deportivas tienen sus propias subcomisiones que son supervisadas por la Comisión Directiva  pero se manejan con cierta autonomía y cuentan con la participación de los socios; en las categorías inferiores colaboran los padres de los menores y organizan rifas, bailes, sorteos, venden pizzas, etc, con el fin de recaudar los fondos necesarios para realizar viajes y costear estadías y comidas. Le dedican a eso mucho tiempo, cobran entradas en los partidos, venden gaseosas, panchos y golosinas e improvisan para ello un quiosco. En estas subcomisiones los clubes no podrían existir…”

Krivzov se negó a abonar esta cantidad y trasladó él a su hijo a Santa Rosa, después de presentarse en el club con una escribana y dejar labrada un acto con los sucesos ocurridos.

Primera sentencia y fallo del INADI
Por consiguiente la primera sentencia rechazó la demanda con costas y posteriormente se agregó un dictamen del Institución Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) quién dijo en su momento  a través de la asesora letrada, Cinthia Baldussi que  “la conducta denunciada en los términos de la ley 23.592 normas concordantes y complementarios por lo que no podrá ser tachada de discriminatoria”.

Fallo de la Cámara de Apelaciones
El pasado 12 de septiembre de 2012, a cuatro años de iniciarse la causa, la Cámara de Apelaciones resolvió rechazar el recurso de amparo que había interpuesto Fabio Krivzov.