El Juez subrogante en el Juzgado Civil Nº 3, Mariano Martín, desestimó el amparo que había presentado la asociada Liliana Josefa Resille contra Corpico acusando a la cooperativa de restringir sus derechos electorales. La Justicia se basó en irregularidades técnicas en la presentación.

Cabe recordar que la asociada Liliana Josefa Resille pidió que se suspenda el proceso eleccionario de autoridades de Corpico por considerar que se restringían sus derechos electorales al no estar expuesto el padrón electoral.
El asesor letrado de Corpico, Dr. Javier Ramírez había adelantado que el recurso estaba mal presentado. “La asociada dijo que el hecho de que los padrones no estuvieran disponibles la afectaba en su derecho a votar, pero todos sabemos que no se votaba, sino que el motivo de la exhibición era presentar listas de delegados. Sabemos que el recurso es erróneo tanto táctica como legalmente”, afirmó en su momento.La Justicia le dio la razón.