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Aumento Jubilatorio: En La Pampa la Mínima Supera Los $2900



Cristina Fernandez de Kirchner y el Director Ejecutivo de la Anses, Diego Bossio anunciaron el primer aumento del año de las jubilaciones, como marca la ley de movilidad jubilatoria. En el interanual, la suba acumula el 28,33% y llevó la mínima a 2.165 pesos. En nuestra provincia, por estar incluida en la zona patagónica, este haber, tiene un piso de 2914,09 pesos. 


La Presidenta  destacó que “Este aumento es posible gracias a la ley de movilidad jubilatoria creada por este gobierno. La Argentina tiene la cobertura previsional más alta de la región, con un 94,3%. Esto fue gracias a la recuperación de los fondos previsionales de los trabajadores”.

Al ser consultado, el Coordinador Regional de ANSeS en La Pampa Dr. Espartaco Marín, dijo “nuevamente este gobierno nacional ha dado una muestra más de su compromiso con los sectores más vulnerables de nuestra sociedad, anunciando esta medida que beneficia a más de 5.8 millones de jubilados y 1.3 millones de pensionados en todo el país. Desde el 2003 a la fecha muestran una suba del haber mínimo de 1343%.  Más allá de las declaraciones de dirigentes gremiales considerando insuficiente el anuncio de la presidenta,  creo, que  no se puede desconocer que este anuncio refleja  un avance, una profundización más del modelo de inclusión social con crecimiento sostenido en el tiempo. Modelo que comenzó con Nestor Kirchner y que continúa conduciendo la presidenta Cristina”.

Respecto de la suba del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias, Marín destaco que “cuando la presidenta asumió en el año 2007, nos hablaba de que la distribución de la riqueza iba a ser su eje de la gestión, con esta medida el 82,52% de los trabajadores en relación de dependencia y monotributistas, quedan excluidos de pagar el impuesto a las ganancias y solo el 17, 48 % restante lo harán (imagino de manera escalonada) en razón de poseer los más altos ingresos”.  Y Agregó que tanto la suba del mínimo no imponible como el aumento en las jubilaciones “se tornarán operativos a partir del cobro de los haberes de Marzo”.

Cálculo del índice de movilidad previsional

La Ley 26.417 establece para el cálculo de la movilidad dos variables: el índice del aumento general de salarios del último semestre publicado por el INDEC y el aumento de la recaudación tributaria per cápita de ANSES.

La Ley determina asimismo que la movilidad previsional nunca podrá ser negativa, es decir, si para un período la evolución de las variables de la economía fueran negativas, los haberes de los jubilados y pensionados no se disminuirán.