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A mayores de 70 años y discapacitados se les tomará declaración en su casa



“Cuando la denuncia, en cualquiera de sus formas, pretenda ser efectuada por personas de 70 años o más, o discapacitados que no puedan concurrir ante el Fiscal o la Policía, por estar físicamente impedidos, y siempre que los mismos lo requieran, personal de la Oficina de Atención a la Víctima y a los Testigos deberá concurrir al lugar donde se ubica el/los solicitantes  a los efectos de evaluar la situación de peligro en que se encuentra y canalizar la recepción de la denuncia en el domicilio del solicitante», dice el texto del proyecto presentado por el diputado, Mariano Fernández (PJ).

La diputada Carmen Bertone, presidenta de la comisión, dio lectura a la opinión, que por escrito, hiciera llegar el ministro de gobierno, seguridad y justicia, César Rodríguez respecto a esta iniciativa. En ella el ministro acuerda la viabilidad de su aplicación, básicamente porque “se enmarca en los nuevos paradigmas aplicados en seguridad” y es “congruente con lo señalado por el gobernador en la ley de presupuesto ya que responde a una de las demandas de la población y que es preocupación de nuestro gobierno como es la seguridad.”

De todos modos el despacho unánime es con modificaciones porque al original se le agrega lo solicitado por el propio ministro, que se le otorgue al Poder Ejecutivo 60 días para su reglamentación.

También por unanimidad se acordó la solicitud de opinión al Colegio de Abogados sobre el proyecto del diputado Sergio Pregno por el que “se incorpora un último párrafo al Art. 150 de la Ley 1828 – Código Procesal Civil y Comercial de La Pampa, ampliando plazos procesales cuando no hubiere abogados con matrícula activa en la localidad donde tuvieren domicilio real las partes redacción”. De todos modos los legisladores ya acordaron un despacho unánime aconsejando su aprobación.

Los integrantes de la comisión de legislación general también acordaron invitar a la organización no gubernamental ADOPTAR para que se expida en torno al proyecto de ley de la diputada Mariana Baudino por el que La Pampa adhiere a la Ley Nacional de Creación del Registro Unico de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos. Igualmente se invitará al Superior Tribunal de Justicia y al ministerio de Bienestar Social con el mismo fin.

Finalmente, a pedido de la diputada Marina Cahais, se desarchivó para su tratamiento en la comisión al proyecto de ley de sustitución del inciso e) del artículo 2º de la ley de creación la operatoria “PRO AS” (Propiedad Asegurada) estableciendo esta leyenda: e) Que el peticionante acredite su condición de persona de escasos recursos, considerándose tal cuando los ingresos percibidos por el total del grupo familiar extendido que integra, no superen el límite establecido por esta ley. El límite a que hace referencia el párrafo anterior resultará de aplicar a la cantidad de convivientes un monto equivalente a la Asignación Universal por hijo y, al resultado, adicionarle el valor de un salario mínimo vital y móvil, fijado por el Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el salario. A tales efectos, deberán considerarse los ingresos y ambos índices al momento de resolverse sobre el otorgamiento del beneficio”. Con el mismo fin de tratamiento en comisión se habilitó, a pedido del diputado Martín Berhongary, el proyecto de ley por el que se sustituye el Artículo 203 de la Ley 1828 (Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de La Pampa).