{"id":9629,"date":"2012-06-15T20:24:53","date_gmt":"2012-06-15T23:24:53","guid":{"rendered":"https:\/\/2010-2015.infopi.co\/2012\/06\/15\/probar-comprobar-y-la-libre-apreciacion-de-la-prueba\/"},"modified":"2012-06-15T20:24:53","modified_gmt":"2012-06-15T23:24:53","slug":"probar-comprobar-y-la-libre-apreciacion-de-la-prueba","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/2010-2015.infopico.com\/?p=9629","title":{"rendered":"Probar, comprobar y la libre apreciaci\u00f3n de la prueba"},"content":{"rendered":"<p>\ufeff<\/p>\n<div style=\"float: left; margin: 10px; border: 0px;\"><script type=\"text\/javascript\"><!-- google_ad_client = \"ca-pub-8689766602425836\"; \/* infopico_articulos_copete *\/ google_ad_slot = \"3492230267\"; google_ad_width = 300; google_ad_height = 250; \/\/--> <\/script> <script type=\"text\/javascript\" src=\"http:\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/show_ads.js\"> <\/script><\/div>\n<p>En el d\u00eda de ayer en el palacio de tribunales local se vivieron dos circunstancias similares pero con resultados diametralmente opuestos. Una audiencia de debate por la ma\u00f1ana y una audiencia de juicio directo por la tarde, en ambas deb\u00edan declarar las v\u00edctimas relatando lo que hab\u00edan padecido, conforme la formalidad que supone un juicio oral y p\u00fablico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por la ma\u00f1ana se llev\u00f3 a cabo la segunda audiencia y presentaci\u00f3n de alegatos en las causas que se siguen a tres j\u00f3venes detenidos e imputados por robos varios y un encubrimiento (Rios, Bringas y Caba\u00f1as). Una de las causas ten\u00eda como damnificado a un remisero y oportunamente se hab\u00edan realizado tanto reconocimiento de personas como de voz, pero, la grabaci\u00f3n hecha en su momento, por deficiencias t\u00e9cnicas no pudo ser escuchada y el Dr. Alfredo Alonso, Juez de la causa, decidi\u00f3 que si no estaban incorporadas como prueba deb\u00eda tomarse la declaraci\u00f3n para considerarlas, restando validez legal al acto llevado a cabo por el Juez de Control que certificaba el reconocimiento positivo tanto de personas como de voz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la sala, el remisero \u00a0ante la presencia de los detenidos, Juez, Fiscal, Defensor y dem\u00e1s, ya no fue tan consistente en afirmar lo que antes hab\u00eda asegurado. Esta circunstancia supone la duda y, la duda favorece a quien esta sospechado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por la tarde, en audiencia de Juicio Directo por delitos imputados a Carmona y Reale, presidida por el Dr. Fabricio Losi, ante la misma obligaci\u00f3n de declarar, las v\u00edctimas pidieron hacerlo sin la presencia de los imputados; la raz\u00f3n: a\u00fan estaban angustiados por los momentos vividos y no quer\u00edan estar frente a quienes los hab\u00edan robado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dos situaciones similares y con distintos resultados, que desnudan los diferentes criterios con que se manejan los Sres. Jueces en las audiencias que les toca presidir. Se sabe que hasta en algunos casos de delitos de instancia privada, como violaciones o abusos deshonestos \u2013sin p\u00fablico- se ha llegado a carear a v\u00edctimas y victimarios, alimentando el precepto de ver y escuchar todo de nuevo para darle herramientas de decisi\u00f3n a la sana y libre convicci\u00f3n del juzgador.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En los \u00faltimos tiempos, desde el Poder Judicial, se viene tratando de instaurar la idea de no informar para no \u201crevictimizar\u201d, pero a la luz de este tipo de acontecimientos parece mas que una idea loable, una excusa para que no se conozca la manera en que se desempe\u00f1an, la forma en que aplican justicia, la vara con que miden o la tijera con que cortan, elija Ud., la comparaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si se retacea informaci\u00f3n porque no se quiere lesionar a los damnificados, \u00bfQu\u00e9 debemos pensar cuando se los hace declarar delante de los propios victimarios?, cuando deben repetir los momentos angustiantes o violentos que les toc\u00f3 vivir a las v\u00edctimas y que muchas veces no se logra superar.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta deficiencia en merituar situaciones, en restarle valor a lo que los dem\u00e1s hacen, \u00a0ha llevado primero a que las diligencias policiales deban ser ratificadas o realizadas nuevamente ante el Ministerio P\u00fablico Fiscal porque carecen de validez; luego a que lo que los fiscales investigan, inclusive hasta pericias legales deben repetirse cara a cara con el Juez sino no tienen peso probatorio; ahora se le resta validez a un Juez de Control que certifica un acto irrepetible.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00bfQue es lo que sigue?, acaso sea que cuando recurran a los registros jurisprudenciales, requerir\u00e1n una validaci\u00f3n de la Corte Suprema o que se rehaga el Juicio para ver \u00bfcomo arribaron a tal o cual determinaci\u00f3n?.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El t\u00e9rmino \u201cprobar\u201d en lo penal implica poner diversos elementos a disposici\u00f3n del Juez de la causa, significa que Fiscal y Defensor\u00a0 deber\u00e1n comprobar que el otro ha cometido o no tal delito, luego quien juzga ser\u00e1 quien eval\u00fae seg\u00fan su sana cr\u00edtica esas pruebas para aplicar o no una condena.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En los \u00faltimos tiempos se viene observando que a esos medios probatorios se les resta validez y, en general se aprecia \u2013al menos en causas importantes- que un alto porcentaje en que se recurre al TIP es por esta raz\u00f3n, por pruebas que ni siquiera son consideradas, o que no sea suficiente la certificaci\u00f3n del acto por otro juez, aunque sean irrepetibles<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\ufeff En el d\u00eda de ayer en el palacio de tribunales local se vivieron dos circunstancias similares pero con resultados diametralmente opuestos. 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