{"id":7359,"date":"2012-02-09T10:28:53","date_gmt":"2012-02-09T13:28:53","guid":{"rendered":"https:\/\/2010-2015.infopi.co\/2012\/02\/09\/formalizacion-de-cargos-en-causa-por-el-robo-a-corpico\/"},"modified":"2012-02-09T10:28:53","modified_gmt":"2012-02-09T13:28:53","slug":"formalizacion-de-cargos-en-causa-por-el-robo-a-corpico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/2010-2015.infopico.com\/?p=7359","title":{"rendered":"Formalizaci\u00f3n de cargos en causa por el robo a Corpico"},"content":{"rendered":"<p>Momentos despu&eacute;s de las 19:00 hs de ayer se concret&oacute; la audiencia de formalizaci&oacute;n de cargos en la causa por el robo a la cooperativa Corpico, en la misma estuvieron presentes autoridades de la empresa damnificada y familiares de los detenidos. Se impuso a la prensa la no exposici&oacute;n fotogr&aacute;fica de los detenidos<\/p>\n<p> <img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/infopico.com\/images\/stories\/com_form2content\/p1\/f3173\/5.jpg\" width=\"600\" \/><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La audiencia de formalizaci\u00f3n de cargos es una medida\u00a0legal que se realiza para informar a los detenidos del proceso que se lleva en su contra, la calificaci\u00f3n provisoria, las pruebas en su contra y finalmente cual va a ser su estado procesal a partir de la audiencia, es decir que la investigaci\u00f3n judicial comienza\u00a0a partir de\u00a0este acto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La audiencia fue presidida por el Dr. Diego Ambrogetti Juez de Control Sustituto,\u00a0 Fiscal Dra. Ivana Soledad Hern\u00e1ndez y Dr. Alberto Blanco Fiscal Adjunto, por la querella Dra. Alina Acebal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Calificaci\u00f3n provisoria<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cMinisterio P\u00fablico Fiscal contra Pachecho Horacio Daniel\u00a0 y otros supuesto robo agravado damnificado Corpico\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Defensas<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dr.Armando Ag\u00fcero por Roberto Carlos Sosa y Ricardo Lamas, Dr. Walter Vaccaro por Carlos Osvaldo Fern\u00e1ndez y Gast\u00f3n Fern\u00e1ndez (h), Dr. Oscar Ortiz Zamora por Horacio Marcelo Cores y Samuel Orellano, Dr. Pedro Febre por\u00a0 Emanuel Angel Fernando Ferreyra D\u00edaz, Dr. Sergio Fresco por Santiago Romano, Dr. Guillermo Allasia por Emanuel Ivan Perlo<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La acusaci\u00f3n fiscal: Dra. Ivana S. Hern\u00e1ndez<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c\u2026cuando se tom\u00f3 conocimiento del hecho por parte de la polic\u00eda y de la fiscal\u00eda, se procedi\u00f3 a realzar tareas de levantamiento de rastros, donde se encontraron\u00a0 huellas de calzado, rastros dactilares y material pasible de ser analizado con las pruebas de ADN\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c\u2026adem\u00e1s de Pacheco, la noche del robo estaba el personal de guardia de corpico, en la parte de atr\u00e1s, quienes dan cuenta de que reciben una llamada esa noche y deben salir alrededor de las 03,15 de la ma\u00f1ana a realizar una verificaci\u00f3n. En esa oportunidad la persona que llam\u00f3 no se dio a conocer. A partir del listado de llamadas aportado por corpico, ingresadas al tel\u00e9fono de guardia se determin\u00f3 que esa llamada hab\u00eda sido efectuada desde un tel\u00e9fono celular cuyo chip es prepago y no tienen titularidad\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c\u2026a partir del an\u00e1lisis de este numero de tel\u00e9fono es que se lo vincula con el hecho porque tiene llamadas inmediatamente previa al robo y en forma inmediatamente posterior. De los informes de este chip empiezan a surgir la vinculaci\u00f3n con los imputados\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c\u2026en forma previa al hecho con el chip que denominaremos N.N. tuvo comunicaci\u00f3n con los tel\u00e9fonos de Romano, Diaz y Orellano, esto es en un lapso que va desde las 12 horas hasta las 03.00 de la ma\u00f1ana, la ultima comunicaci\u00f3n previa a la llamada a Corpico se realiza a las 3:00 a Santiago Romano y a las 03:15 se llama al tel\u00e9fono de guardia de corpico\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c\u2026posteriormente se obser4va en los cruces de llamadas de este chip estaban vincul\u00e1ndose los tel\u00e9fonos de los ciudadanos Sosa, Fernandez, Diaz y tambi\u00e9n de\u00a0 Orellano. Tanto Sosa como Diaz sus tel\u00e9fonos aparecen funcionando en General Pico alrededor de las tres de la ma\u00f1ana y ambos tel\u00e9fonos impactan en las antenas de la localidad de Metileo alrededor de las 04:00 a las 09:00 de la ma\u00f1ana uo de ellos\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c\u2026de la investigaciones que se hizo luego de las l\u00edneas vinculadas al tel\u00e9fono N.N aparece vinculaci\u00f3n con el imputado Cores y Lamas con quien se mantuvieron determinadas llamadas los d\u00edas posteriores. Cores fue visto en compa\u00f1\u00eda de Sosa por un testigo en cercan\u00edas de la quinta que alquilan Fernandez y Sosa\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c\u2026la relaci\u00f3n con la quinta (metileo) tiene particular relevancia porque en el d\u00eda de ayer al momento de realizarse los allanamientos en la quinta que alquilan Fern\u00e1ndez y Sosa se hallaron elementos que tienen rtelaci\u00f3n directa con el hecho: un pedazo de chapon cortado de las caracter\u00edsticas de las cajas sustra\u00eddas. A partir de este hecho se realiza un rastrillaje a la vera de la ruta a escasos kil\u00f3metros de la quinta se hallan partes de las cajas fuerte desparramadas, en principio una de las puertas coincidir\u00eda con la descripci\u00f3n de las cajas que estaba en el primer piso y se encontraron posteriormente restos que corresponder\u00edan a las dos cajas en su totalidad\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Pruebas que fueran solicitadas<\/strong><\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Prueba jurisdiccional anticipada para la apertura de los tel\u00e9fonos secuestrados en los allanamientos, an\u00e1lisis que se har\u00e1 con material t\u00e9cnico de la Brigada de Investigaciones.<\/li>\n<li>Quedan pendientes de peritar los rastros del lugar del hecho con lo observado en uno de los allanamientos se encontr\u00f3 un calzado de similares caracteristicas a una huella que se encontr\u00f3 en el sector de cajas de corpico de donde se sustrajo la primer caja fuerte.<\/li>\n<li>Queda pendiente cotejar las huellas de los imputados con rastros obtenidos en el lugar del hecho.<\/li>\n<li>Falta tambi\u00e9n realizar un cotejo de los materiales org\u00e1nicos que se encontraron en el lugar con los imputados para un examen de ADN.<\/li>\n<li>Falta el informe del registro nacional de reincidencia que todav\u00eda no fueron contestados.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Pedido de la Fiscal\u00eda<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00ab&#8230;solicita Prisi\u00f3n Preventiva de los 9 imputados hasta la finalizaci\u00f3n del proceso, entendiendo que corresponde, ya que en principio el hecho le achaca alg\u00fan tipo de participaci\u00f3n del hecho que se les imputa y que se corresponde con la calificaci\u00f3n en cuanto a que se trata de un robo agravado en poblado y en banda. Esta prisi\u00f3n preventiva tiene su fundamento en el peligro de obstaculizaci\u00f3n, porque entendemos que de permanecer en libertad, existe\u00a0 la posibilidad de que se entorpezca la labor de la fiscal\u00eda o por lo menos se haga mas engorrosa\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201c\u2026la ultima solicitud es que se imponga a los medios de comunicaci\u00f3n la abstenci\u00f3n de la publicaci\u00f3n de las fotos donde podr\u00edan aparecer las fotos de los imputados, entendiendo que la investigaci\u00f3n reci\u00e9n se inicia y debemos resguardar todos los puntos que tienen que ver con la misma\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Alegatos de las Defensas<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Dr. Armando Ag\u00fcero por Sosa y Lamas:<\/em> \u201c\u2026nos encontramos hu\u00e9rfanos de conocimientos. Algunas vinculaciones son accidentales. Ricardo Lamas est\u00e1 imputado por las comunicaciones que tuvo esa noche con un tel\u00e9fono caracter\u00edstica de la ciudad de Mendoza y que tiene vinculaciones con el Sr. Pacheco sin embargo no ha tenido comunicaciones con Pacheco, ni con Romano, ni con D\u00edaz, ni siquiera con Orellano, ni con Sosa el d\u00eda del hecho. Las comunicaciones son accidentales. El explic\u00f3 las razones, reservadas de porque llam\u00f3 desde su celular y el de su esposa y tampoco en los allanamientos no se encontraron elementos que lo relacionen con la causa. Sosa,\u00a0 si bien es cierto que en la quinta que alquila con Fern\u00e1ndez se hallaron elementos que tienen vinculaci\u00f3n con la causa, hasta el momento no se a determinado que ese hallazgo sea su labor, la de Fern\u00e1ndez o de terceros\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Dr. Walter Vaccaro por Fern\u00e1ndez Carlos y Gast\u00f3n Fern\u00e1ndez<\/em>: \u201c\u2026en el caso del padre el \u00fanico motivo que hay es que alquila una quinta con el sr. Sosa, pero hace mas de un mes y medio que no concurre a la quinta y no tiene mas relaci\u00f3n con Sosa y quien maneja exclusivamente esa quinta es el sr. Sosa. En ese d\u00eda Carlos Fern\u00e1ndez se encontraba bailando en Costa y la Agente Marcela Zandon\u00e1 vio la presencia en ese lugar. En el caso de Fern\u00e1ndez hijo, el \u00fanico elemento que se secuestra supuestamente son un par de zapatillas Converse que supuestamente coinciden con huellas del hecho\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Dr. Ortiz Zamora por Marcelo Cores y Samuel Orellano:<\/em> \u201c\u2026la acusaci\u00f3n formulada no tiene sustento, hay una carencia absoluta de elementos discriminantes de la conducta con este hecho investigado. El proceso tiene un vicio de orden constitucional que se puede\u00a0 plantear la nulidad del mismo porque no basta el acto de mera voluntad del Ministerio Fiscal de acusar a una persona respecto de la comisi\u00f3n del hecho sin expresar objetivamente cuales son los\u00a0 elementos que lo vinculan a ese hecho. Que Cores haya sido visto d\u00edas despu\u00e9s con Sosa de ninguna manera confluye razonablemente en una prueba determinante. La vinculaci\u00f3n por las llamadas solo se trata de llamadas entrantes o salientes\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Dr. Pedro Febre por Emmanuel Ferreyra D\u00edaz:<\/em> \u201c\u2026lo vincula solo un supuesto informe de la Brigada que manifiesta que el numero que fue detectado cerca de las celdas de corpico pertenecen a mi defendido, pero el informe de la empresa claro surge que el titular de ese tel\u00e9fono es una persona de nombre Angel Diaz y no son los datos personales de mi defendido\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Dr. Sergio Fresco por Santiago Romano:<\/em> \u201c\u2026parecemos olvidar que todos somos inocentes hasta que se pruebe lo contrario. Si vamos a sustentar las prisiones preventivas en un entrecruzamiento de llamadas es preocupante porque quienes trabajamos en derecho penal tenemos comunicaciones con gente que delinque o con personas que tienen alg\u00fan tipo de actividad fuera de los par\u00e1metros normales y que entonces estar\u00edamos corriendo riesgos nosotros tambi\u00e9n\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Dr. Guillermo Allasia por Emmanuel Ivan Perlo:<\/em> \u201c\u2026 con respecto a mi defendido no hay una descripci\u00f3n clara y precisa sobre la participaci\u00f3n que pudo haber tenido en el hecho investigado, es muy vaga la descripci\u00f3n que ha hecho el Ministerio P\u00fablico Fiscal. El chip N.N. no tiene llamadas con mi defendido y esta defensa no entiende cuales son los elementos que tiene contra mi defendido. La acusaci\u00f3n es producto de un mero voluntarismo jur\u00eddico que da\u00f1a mucho no solamente a la justicia sino tambi\u00e9n a la profesi\u00f3n de abogados\u2026.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todos las Defensas T\u00e9cnicas de los imputados solicitaron la libertad de los detenidos por considerarla muy gravosa, porque se basa solamente en los registros telef\u00f3nicos y que no se discriminaron las participaciones de los mismos en la causa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Resoluci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Juez de Control Sustituto Diego Ambrogetti resolvi\u00f3 \u00ab&#8230;dar por formalizada la acusaci\u00f3n fiscal y aplic\u00f3 la prisi\u00f3n preventiva a los 9 imputados hasta la finalizaci\u00f3n del proceso, tomando el compromiso de que en cuanto avance la investigaci\u00f3n y se pueda determinar\u00a0 fehacientemente el grado de participaci\u00f3n de cada uno la misma fiscal\u00eda ser\u00e1 quien solicite los re-examenes, sin pasar por alto el derecho que tiene la defensa de solicitarlos cuando estime pertinentes&#8230;\u00bb<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Momentos despu&eacute;s de las 19:00 hs de ayer se concret&oacute; la audiencia de formalizaci&oacute;n de cargos en la causa por el robo a la cooperativa Corpico, en la misma estuvieron presentes autoridades de la empresa damnificada y familiares de los detenidos. 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