{"id":32481,"date":"2015-05-29T13:00:35","date_gmt":"2015-05-29T16:00:35","guid":{"rendered":"https:\/\/2010-2015.infopi.co\/2015\/05\/29\/la-direccion-de-rentas-de-cordoba-pidio-el-embargo-de-dos-autos-de-piquense-por-infracciones-impagas\/"},"modified":"2015-05-29T13:00:35","modified_gmt":"2015-05-29T16:00:35","slug":"la-direccion-de-rentas-de-cordoba-pidio-el-embargo-de-dos-autos-de-piquense-por-infracciones-impagas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/2010-2015.infopico.com\/?p=32481","title":{"rendered":"La Direcci\u00f3n de Rentas de C\u00f3rdoba pidi\u00f3 el embargo de dos autos de piquense por infracciones impagas"},"content":{"rendered":"<p>Lo confirm\u00f3 a\u00a0<a href=\"http:\/\/infpico.com\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">infpico.com<\/a>\u00a0el titular del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de General Pico, el doctor Carlos Iglesias. El funcionario explic\u00f3 que <strong>si bien llama la atenci\u00f3n porque no hay demasiados precedentes, es una acci\u00f3n leg\u00edtima<\/strong> que tienen los organismos de recaudaci\u00f3n una vez finalizadas todas las etapas previas para intentar cobrar las deudas contra\u00eddos por los vecinos, que no pagaron multas que les labraron en territorio cordob\u00e9s.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p> <img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/2010-2015.infopico.com\/images\/stories\/com_form2content\/p2\/f343\/4.jpg\" mce_src=\"https:\/\/2010-2015.infopico.com\/images\/stories\/com_form2content\/p2\/f343\/4.jpg\" width=\"680\" alt=\"La Direcci&oacute;n de Rentas de C&oacute;rdoba pidi&oacute; el embargo de dos autos de piquense por infracciones impagas\"> <\/p>\n<p>\u201cEn el \u00faltimo mes han consultado en el Tribunal de Faltas gente que <strong>le ha llegado a su domicilio demandas por infracciones de tr\u00e1nsito que se han labrado en los \u00faltimos a\u00f1os<\/strong> y que, luego de varias intimaciones y preavisos, los han demandado\u201d, coment\u00f3 Iglesias.\u00a0<\/p>\n<p>Explic\u00f3 luego que \u201ces como cualquier demanda com\u00fan que una vez establecida firme la sentencia lo que hacen es ejecutarla, tratando de cobrarla como cualquier deuda com\u00fan, como si fuera un cobro ejecutivo, un cheque o un pagar\u00e9, as\u00ed se cobra una infracci\u00f3n de tr\u00e1nsito, por medio de un procedimiento de apremio, como se cobra una deuda de servicios municipales o cualquier otro tipo de infracci\u00f3n, se inicia una acci\u00f3n y se ejecuta por v\u00eda judicial\u201d.\u00a0<\/p>\n<p>Indic\u00f3 que \u201cel primer paso es labrar la infracci\u00f3n y que la persona tenga conocimiento en el momento, en el caso particular de C\u00f3rdoba se le da conocimiento a la persona en el momento de labrar la infracci\u00f3n y despu\u00e9s sigue todo el procedimiento, no inician una acci\u00f3n judicial por iniciarla o porque a alguien se le ocurri\u00f3. Hay todo un procedimiento, un expediente armado y un responsable que da la orden de ejecutar esa deuda, como pasa ac\u00e1 en la Municipalidad de General Pico con el resto de sus deudas\u201d.\u00a0<\/p>\n<p>\u201cEs as\u00ed de sencillo, no es cosa inventada ni nada por el estilo, lo que pasa que por ah\u00ed es una novedad que se ejecuten, la Municipalidad tambi\u00e9n inicia ejecuciones por apremios y deudas, lo hace como cualquiera, <strong>lo que pasa que llama la atenci\u00f3n porque viene de otra provincia, donde por ah\u00ed mucha gente tiene infracciones\u201d<\/strong>, agreg\u00f3.\u00a0<\/p>\n<p>Inform\u00f3 luego que al Juzgado de Faltas llegan multas labradas a vecinos de la ciudad \u201cdesde todos puntos del pa\u00eds, principalmente despu\u00e9s de las vacaciones de invierno y de verano, depende el lugar de acuerdo\u00a0 la \u00e9poca\u201d.\u00a0<\/p>\n<p>En tal sentido el funcionario recomend\u00f3 abonar las multas, dado que \u201cdespu\u00e9s las consecuencias son peores y se incurre en mayores gastos. Lo que tiene que hace uno si cometi\u00f3 la infracci\u00f3n y fue notificado debidamente, si la puede pagar en el momento la paga, porque sino despu\u00e9s va a aumentar, porque la mayor\u00eda se mide por litros de combustibles y esto tiende a aumentar, entonces la hace m\u00e1s onerosa\u201d.\u00a0<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, s<strong>e\u00f1al\u00f3 que en caso de que el caso se judicialice \u201cse paga no solamente el capital, sino los honorarios, gastos de justicia, caja forense y rentas, que muchas veces duplica o triplica el valor de la multa\u201d.<\/strong> Tambi\u00e9n se han dado casos de que por falta de pago de infracciones algunas provincias coloquen a infractores en el Veraz, lo que l<strong>os perjudica a la hora de sacar un pr\u00e9stamo o, por ejemplo, recibir un beneficio como el PROCREAR.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>\u201cA nadie le gusta primero reconocer la infracci\u00f3n y segundo pagar, porque dicen que es dinero tirado, si es as\u00ed no cometas la infracci\u00f3n y no vas a tirar ese dinero\u201d, aconsej\u00f3.\u00a0<\/p>\n<p>Sostuvo que \u201cel procedimiento que hace C\u00f3rdoba, que hace la DGI o Rentas de la provincia es un procedimiento valido, mas all\u00e1 de que se puede discutir si dentro del proceso mismo existe alguna irregularidad como puede haber en cualquier proceso. Pero el origen en principio de todo esto es un origen valido\u201d.\u00a0<\/p>\n<p>Lament\u00f3 el juez de Faltas que los vecinos se preocupen m\u00e1s por buscar los resquicios para no pagar que por corregir sus conductas impropias a la hora de manejar.\u00a0<\/p>\n<p>Lo que s\u00ed admiti\u00f3 el funcionario municipal es que muchas veces los conductores se ven afectados por la disparidad de criterios que tiene cada provincia, ya que si bien existe una Ley Nacional de Tr\u00e1nsito, cada territorio tiene la facultad de adherir o no, o sumarse pero realizar modificatorias.\u00a0<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n a quienes manejan veh\u00edculos \u201clos perjudica, al conductor y a uno que quiere asesorar a las personas, porque lo tiene que asesorar en lo m\u00ednimo e indispensable porque cada provincia tiene su legislaci\u00f3n y eso a la persona la tiene a confundida y genera este tipo de incertidumbres\u201d.\u00a0<\/p>\n<p>De todas formas remarc\u00f3 que \u201c<strong>hay que respetar las leyes, para eso est\u00e1n, nos guste o no nos guste\u201d<\/strong>.\u00a0<\/p>\n<p>Consultado sobre el cobro de multas a nivel local, inform\u00f3 el juez de Faltas que \u201cla gente mayormente paga, principalmente por pago voluntario, porque la Municipalidad hace un 60 % de descuento dentro de los primeros 8 d\u00edas, eso es una buen llamador para pagar. Pasados esos 8 d\u00edas ya el descuento es del 20 %\u201d. Tambi\u00e9n existe la posibilidad de abonar mediante un plan de pago en cuotas, pero abonando el monto total de la multa.\u00a0<\/p>\n<p>En el caso de los infractores que no cumplen con los pagos por el medio que sea, \u201cse va al \u00e1rea de los estudios jur\u00eddicos y despu\u00e9s de varias intimaciones consideraran desde el \u00e1rea de Apremios si se pueden iniciar acciones o no, y si se puede trabar embargo sobre alg\u00fan bien\u201d.\u00a0<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, record\u00f3 que quienes no puedan pagar con dinero tienen la posibilidad del \u201ctrabajo comunitario, pero es cuando es una infracci\u00f3n leve y si es la primera vez que comete una\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Lo confirm\u00f3 a\u00a0infpico.com\u00a0el titular del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de General Pico, el doctor Carlos Iglesias. 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