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Caso Carla Figueroa: “El avenimiento estuvo otorgado de manera fundado y ajustado a derecho», dijo el juez Carlos Flores



Comenzó este martes el juicio contra el juez Carlos Flores luego de aplicar la figura de avenimiento y permitió que  Tomaselli matara a Carla Figueroa.  En su defensa, expresó que el avenimiento estaba vigente en el Código Penal.


Desde hoy está siendo juzgado por su actuación durante el caso Carla Figueroa. Junto al juez Gustavo Jensen, aplicaron la figura de avenimiento que permitió que Marcelo Tomaselli, matara a su pareja Carla Figueroa el 10 de diciembre, de once puñaladas.

Aclaró que su intervención era “para determinar si correspondía o no otorgar el avenimiento”.

«El avenimiento estuvo otorgado de manera fundado y ajustado a derecho. Lo del procurador es una cuestión meramente opinable, que no puede ser utilizado para la remoción», precisó.

Y agregó: «Sabemos que la víctima puede estar interferida, pero eso no significa colocarla en un lugar de incapaz. Se la debe escuchar», sostuvo. «Y en este caso, la víctima fue escuchada debidamente. Se dictó un fallo que consideró sus intenciones».

«La protección de la víctima a la luz de la legislación de género no la excluye de sus derechos ni se la puede tener como una incapaz, porque sería revictimizarla», manifestó.

«La audiencia con Carla no fue la única prueba», dijo.

Los jueces no son impunes, expresó. Pero, agregó, no se puede reclamar por un lado la independencia de la Justicia y por otro lado someter a proceso a los jueces por el contenido de sus fallos, «más cuando sean opinables».

Perspectiva de género

En su defensa, el juez afirmó que el caso fue resuelto dentro de la perspectiva de género. «Afirmar que eso no ocurrió, como sostuvo el acusador, implica un razonamiento subjetivo».

Flores argumentó que «no puede adjudicarse al fallo ningún nexo causal» con el asesinato cometido por Tomaselli. «Es forzado vincular el avenimiento con la muerte, resulta improcedente».

Expresó además que “la libertad fue dispuesta inmediatamente por la Audiencia de Pico. Es decir, ni siquiera esperaron a que apelara la fiscal Hernández”.

Flores dijo que «hubo una actuación imparcial» y que se dictó «un fallo fundado» y que se desconoció el derecho de la problemática de género”.

fuente: planbnoticias.com